Economía y Política

Depreciación instantánea: aplicará según reducción lineal del beneficio

Por: | Publicado: Miércoles 2 de abril de 2014 a las 18:22 hrs.
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En los últimos meses han sido numerosas las voces que han cuestionado la idea de introducir una reforma tribturaria en un contexto de desaceleración económica. Tomando como referencia esta situación, el secretario de Estado recalcó que en este momento de menor crecimiento el proyecto de ley propone nuevos mecanismos de incentivo al ahorro y la inversión, focalizados en especial en las pequeñas empresas.
Enfatizó como principal medida pro-inversión la depreciación instántanea para las micro y pequeñas empresas, lo que -mencionó- les permitirá rebajar sus inversiones de las utilidades de una sola vez en un año. Mientras, en el caso de las empresas medianas, explicó que el mecanismo operará con una fórmula de reducción lineal del beneficio, en la medida en que sus ventas se acerquen a las de una empresa grande.
Arenas especificó que una empresa con utilidades por 25.001 UF -esto es, límite inferior de ventas de las empresas medianas- podrá depreciar en forma instantánea y una firma mediana con ventas de 100.000 UF (límite superior), sólo podrá depreciar en forma acelerada, como hasta hoy. Además, destacó que para las micro y pequeñas empresas el uso de la depreciación instantánea aplicará tanto a bienes usados como nuevos.
Junto a lo anterior, comentó que se ampliará y potenciará el sistema simplificado bajo el cual tributan las empresas de menores ventas, incluido en el artículo 14 ter de la ley de Impuesto a la Renta, por el que se aplica una tasa fija de PPM igual a 0,25% de las ventas brutas mensuales, permitiendo la deducción inmediata como gastos de las inversiones y los inventarios. Además, explicó que con esta iniciativa podrán sumarse al sistema el 95% del total de empresas existentes.
"Estableceremos reglas especiales para las empresas acogidas al artículo 14 ter en el pago de sus PPM, facilitando el acceso a tasas más bajas que favorezcan una mayor disponibilidad de capital de trabajo. En particular, a los empresarios en este régimen se le permitirá optar entre la fórmula de PPM de 0,25% de las ventas o pagar un PPM proporcional a su tributación final como persona", detalló.
En esa línea, informó que se elevará el beneficio por crédito por compra de activo fijo de 4% a 6% para la MYPE y que las empresas medianas accederán al alza del beneficio; si bien se reducirá de manera gradual en función de que sus ventas se aproximen a las que podría registra una gran empresa.
Entre los últimos anuncios, se refirió al cambio de sujeto de pago del IVA por el que las grandes empresas, cuyas ventas superen los 100.000 UF, quedarán como sujeto pagador del impuesto siempre que así lo considere el SII.

 

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