Acuerdo tributario G7: empresas chilenas comienzan a revisar sus estructuras y operaciones
Diez estudios de abogados y auditoras aterrizan cómo los contribuyentes chilenos están preparándose para el nuevo escenario.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Viernes 2 de julio de 2021 a las 04:00 hrs.
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Un mes prácticamente ha pasado desde que los países del G7 alcanzaron un acuerdo en dos pilares para enfrentar la erosión de la base imponible a nivel internacional: gravar las utilidades de las empresas tecnológicas en los países donde se generen las ganancias (conocido como pilar 1); y establecer un impuesto corporativo mínimo global de 15%, con el fin de evitar la competencia entre jurisdicciones a través de una reducción de la tasa (pilar 2).
Ayer, la OCDE le dio su visto bueno, sumando el apoyo de 130 países. Por lo mismo, el tema ya comienza a ser tópico de conversación entre las empresas y los asesores tributarios en Chile.
La socia del Área Legal y Tributaria de PwC Chile, Loreto Pelegrí, señala que el primer punto podría generar un mayor impacto en las compañías chilenas, lo que está llevando a varias a calcular cuál sería su nueva carga tributaria. “El pilar 1 está orientado a las empresas de tecnología y servicios digitales, de tal manera que deben pagar impuestos en el lugar donde realizan las ventas, lo que podría implicar que se deban pagar más impuestos y en diferentes lugares”, señala.
En Cariola Díez Pérez-Cotapos han estado trabajando este tema con sus clientes internacionales, pero las consultas se han “acentuado”, señala el socio Javier Cerón, para quien “sin duda” este pacto llevará a que varias compañías y personas modifiquen sus estructuras tributarias y revisen las fuentes de las operaciones e ingresos en el exterior.
En KPMG el tema ha sido tratado con las multinacionales desde que la OCDE comenzó a trabajar el plan BEPS (pilares 1 y 2), para lo cual se encuentran en procesos de evaluación “detallados” con profesionales de diversas especialidades, como tributación internacional, precios de transferencia, cadena de suministro, diseño y control de procesos internos, agrega el socio líder de Servicios Tributarios y Legales de la firma, Rodrigo Stein.
Una consecuencia de lo anterior es que empresas multinacionales comiencen a eventualmente redomiciliar sus sedes, “buscando ventajas competitivas de determinados mercados a tasas de impuestos equivalentes”, por lo que “se deberá revisar cómo encajará este impuesto con las redes de tratados para evitar la doble imposición y el sistema de créditos que mantiene Chile”, argumenta el socio de Recabarren & Asociados, Álvaro Pérez.
No obstante, el socio de Misraji & Béjar, Camilo Béjar, cree que en la medida que este impuesto global se conecte más con la fuente de las ventas (donde están los clientes) que con la forma en que se estructure una multinacional, “los cambios de estructura tendrán efectos cada vez más acotados”.
Paraísos tributarios
El socio líder de Servicios Legales y Tributarios de Mazars Chile, Felipe Yáñez, plantea que el acuerdo sí afectará a las compañías que realizan operaciones o están radicadas en jurisdicciones de baja tributación (o paraísos fiscales), “que con este acuerdo se verían obligadas a elevar sus impuestos corporativos”.
Punto con el que coincide el socio de BLTA Consulting, Rodrigo Benítez, quien agrega haber recibido en el último mes “múltiples consultas de inversionistas extranjeros en Chile, dirigidas a aclarar sobre las sanciones tributarias o mayores impuestos que se aplican a residentes de países de baja tributación”.
Dicha revisión será más patente para aquellas empresas que dentro de su mallas tienen operaciones en países de baja o nula tributación, o clientes relevantes en dichas jurisdicciones, enfatiza el socio de Moraga & Cía., Álvaro Moraga: “Por ahora, más que una realidad, es una señal del camino que se está construyendo en esta materia”.
Para Tomás Kovacevic, de Barros & Errázuriz, será interesante la evaluación de las herramientas para hacer efectivo el impuesto mínimo por pagos a una empresa residente de un país que no sea parte del acuerdo, “y su coordinación con los impuestos y medidas de control vigentes en nuestra legislación”.
Mientras que para Ignacio Gepp, socio de Puente Sur, el efecto principal del acuerdo es que las empresas tendrán menos opciones para “arbitrar” entre jurisdicciones con impuestos más bajos, como ocurre hoy: “Chile hoy no tiene una posición de protagonista en esta discusión, pero sí es un observador que tendrá que ajustarse a las tendencias que se vayan dando con este tipo de políticas”.
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