Economía y Política

Diputados aprueban cambios en gobiernos corporativos

La iniciativa que trata también el uso de información privilegiada, debe ser revisada ahora en el Senado.

Por: | Publicado: Martes 13 de enero de 2009 a las 16:40 hrs.
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Como una muy buena noticia para la economía chilena calificó hoy el ministro de Hacienda, Andrés Velasco, la aprobación por unanimidad en la Sala de la Cámara de Diputados del proyecto de ley  que moderniza los gobiernos corporativos de las empresas, iniciativa que deberá ser vista ahora en segundo trámite constitucional en el Senado.

"El mercado de valores es una fuente muy importante de financiamiento de las empresas y de la inversión, pero para que esos fondos lleguen al lugar correcto, para que los ahorrantes tengan seguridad al invertir en acciones y para que los derechos de los minoritarios se respeten, es clave tener una legislación moderna que garantice la transparencia, el uso simétrico y no privilegiado de la información", enfatizó Velasco al intervenir el Sala.

Añadió que en la actual coyuntura que atraviesa la economía mundial, avanzar en perfeccionamientos del mercado de capitales y  hacer más accesible el financiamiento "ayuda mucho".

Destacó que la unanimidad alcanzada en la votación del proyecto no sólo augura una tramitación optimista en el Senado, sino que es aún más significativa por tratarse de un proyecto técnicamente complejo, que fue objeto de revisión tanto en las comisiones de Hacienda y Constitución de la Cámara Baja.

"La tarea se hizo bien y cuando esta iniciativa se transforme en ley, Chile tendrá normas al más alto nivel en materia de gobierno corporativo, uso de información privilegiada y conflictos de interés", sostuvo el secretario de Estado.


El proyecto aborda los siguientes temas:


1. Divulgación de información al mercado. Se incrementa la divulgación de información al mercado a través de varios mecanismos, destacándose el que los sujetos obligados a comunicar sus transacciones en acciones de la compañía deberán hacerlo en tiempos más breves, acorde con la velocidad de los mercados.

2. Uso de información privilegiada. Se propone agregar la prohibición de vender los valores cuando se está en posesión de información privilegiada. Asimismo, se propone distinguir la presunción de posesión de información (aplicable a los que se desempeñan dentro de la administración) de la presunción de acceso a la información (aplicable a actores que interactúan con la administración, sin ser parte de ella).

3. Directores independientes. El proyecto propone exigir que toda sociedad anónima abierta (que transe sus acciones en bolsa) integre al menos un director independiente a su directorio, si tiene a lo menos un millón de UFs de capitalización bursátil y un 12, 5% de sus acciones en poder de accionistas minoritarios.

4. Comité de directores. El proyecto aborda el papel del comité de directores al interior de la empresa, proponiendo entre otras materias que deberá estar siempre constituido por una mayoría de independientes y que tendrá mayores atribuciones para su ejercer su rol fiscalizador de manera eficaz.

5. Operaciones con partes relacionadas y conflictos de interés. El proyecto propone incorporar una nueva regulación para las operaciones con partes relacionadas, estableciendo un procedimiento que exige explicitar los conflictos y que los directores comprometidos se abstengan de votar, pero no de dar su opinión.

6. Funcionamiento de la junta de accionistas.
Se propone, entre otras reformas, potenciar el funcionamiento de la junta al establecer medidas que buscan que los accionistas dispongan de más y mejor información con la cual poder ejercer su voto con una anticipación razonable a la junta pertinente, así como la adopción, con autorización de la Superintendencia, de mecanismos electrónicos de voto a distancia que incentiven una mayor participación de minoritarios.

7. Auditoría Externa. El proyecto eleva los estándares aplicables a los auditores externos, de manera de garantizar una mayor seguridad e idoneidad técnica, asegurando la rigurosidad e independencia de juicio de las empresas de auditoría.

 

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