La decisión del máximo tribunal en el caso Pollos está tomada. La Tercera Sala de la Corte Suprema -integrada por los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y Carlos Aránguiz- puso en estado de acuerdo la causa, lo que supone que dentro de las próximas semanas finalmente se conocería la sentencia, según estimaron cercanos al proceso.
La nota de acuerdo se notificó a las partes involucradas el pasado 27 de mayo, día en que también el tribunal resolvió designar a la ministro Rosa Egnem para la redacción del documento.
El proceso
El caso llegó a manos de la Suprema luego de que en septiembre del año pasado, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), sancionó a las empresas Agrosuper, Don Pollo y Ariztía con multas que acumulan los US$ 60 millones por colusión y ordenó la disolución de la Asociación de Productores Avícolas de Chile (APA).
Tras la resolución del organismo antimonopolios, las empresas recurrieron al máximo tribunal para intentar revertir el fallo.
En marzo de este año se llevaron a cabo los alegatos en los que hicieron sus descargos los representantes de las empresas, además de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y de la APA.
La multa impuesta por el TDLC fue catalogada de histórica. Agrosuper fue condenada a pagar 30 mil UTA (cerca de US$25 millones), al igual que Ariztía, mientras la multa para Don Pollo alcanzó las 12 mil UTA (unos US$ 10 millones).
En su fallo el organismo señaló que por decisión unánime acogió el requerimiento presentado en noviembre de 2011 por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), declarando que las empresas, por intermedio de la APA, se coludieron acordando limitar la producción de carne de pollo ofrecida al mercado nacional y asignándose cuotas en el mercado de producción y comercialización de ese producto.
La sentencia estableció la existencia de un acuerdo ilícito mediante correos electrónicos y otras evidencias de coordinación entre las empresas avícolas requeridas y que fue incautada por la Fiscalía Nacional Económica.
Según lo que detalló el organismo antimonopolios en ese momento, el acuerdo entre las empresas, que concentran sobre el 80% de la oferta de carne de pollo a nivel nacional, consistió en proyectar la demanda futura de pollo y asignar cuotas de producción.
El TDLC también dio por acreditado que la asociación gremial tuvo un rol en la coordinación, ejecución y fiscalización de cumplimiento del acuerdo, lo que finalmente constituía colusión.