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Solicitudes de arbitraje internacional en Chile se sextuplican en ocho años

Mientras entre 2006 y 2012 se recibió en promedio dos peticiones, en 2013 este número se elevó a 12, tendencia que se ha mantenido durante este año.

Por: | Publicado: Lunes 22 de septiembre de 2014 a las 05:00 hrs.
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por Jéssica Esturillo O.


“Hoy día la cultura del arbitraje llegó para quedarse en nuestro país, como un apoyo a la administración de justicia”, asegura la directora ejecutiva del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, Cam Santiago, Macarena Letelier.

Asegura que al cumplirse diez años de la entrada en vigencia a nivel local de la Ley de Arbitraje Internacional (19.971), las estadísticas dan cuenta de una evolución, ya que las solicitudes para realizar este tipo de procedimientos se han incrementado de manera importante los últimos dos años, llegando a sextuplicarse.

De acuerdo con las cifras de la entidad, mientras entre 2006 y 2012 este tipo de peticiones no superaron las dos por año, en 2013 este nivel se incrementó a doce, tendencia que, dice Letelier se ha mantenido durante el presente ejercicio. La nacionalidad de las partes, precisa, es mayoritariamente sudamericana, con el 57% del total. Le sigue Europa con el 19%, Estados Unidos con 14%, mientras que Asia y México tienen ambas un 5% del total.

“No hay dudas que fue un acierto para nuestro país adoptar la ‘Ley Modelo UNCITRAL’ como un estatuto jurídico de carácter nacional, considerando la creciente integración que tenemos con la economía global a través de aquellos negocios internacionales que involucran a empresarios chilenos y extranjeros”, señala Letelier.

La titular del Cam Santiago comenta que esta iniciativa permite contar con una alternativa para acceder a un sistema procesal suficientemente probado en el ámbito internacional para dirimir en Chile eventuales diferencias de carácter comercial, que se originen entre empresarios chilenos y extranjeros.

Letelier precisa que a lo largo de la década transcurrida, se ha producido un proceso de maduración de las cláusulas en los contratos; es decir, desde que éstos se suscriben hasta que se genera la controversia entre las partes, hay un lapso de tiempo variable para que este mecanismo pueda ejecutarse.

“En materia de arbitraje, tanto doméstico como internacional, un gran número de causas se soluciona en la etapa de conciliación, o bien de alguna manera alternativa a la sentencia”, asegura, mientras que el tiempo promedio de tramitación asciende a un año. Sin embargo, aquellos procedimientos que se dan al alero de la 19.971, por tratarse en general de partes extranjeras, se prolongan una media de 18 meses.

A nivel local


Mientras en materia internacional los arbitrajes están diversificados respecto de sectores productivos con predominio de temas comerciales, dice Letelier, quien aclara que la situación es distinta a nivel nacional donde los conflictos relacionados con la construcción son los más recurrentes y también hay un porcentaje importante de solicitudes en los sectores de seguros, arrendamientos, ligados a temas financieros y mineros.

“Chile dio un gran paso al contar con una legislación en materia de arbitraje internacional. Los Tribunales Superiores de Justicia, respetuosos de los fallos dictados en sede arbitral, dan una señal de seguridad a las partes extranjeras que decidan tener a Chile como sede arbitral”, plantea Letelier.

En medio de este balance positivo, la directora del Cam Santiago explica que es necesario seguir trabajando para difundir el contenido de la ley y lograr confianza en su uso por parte de sus distintos destinatarios.

Añade que se debe avanzar en uniformar la tramitación de las peticiones de nulidad en algunos temas como notificaciones y plazos para descargos, así como poner más esfuerzos para incorporar la mediación como instrumento para reducir los niveles de conflictividad, como ha sucedido, dice, en el mundo asiático.

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