AFP estatal enfrentaría conflictos de interés sobre régimen de inversiones
Conocedores del tema señalan que se abre posibilidad de que se privilegien inversiones del sector público, sobre la rentabilidad.
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Dado que la “AFP del Estado S.A.” estaría exenta de la norma que prohíbe al resto de las administradoras invertir en empresas relacionadas, abogados expertos en la materia aseguran que la entidad se vería envuelta en un conflicto de interés.
Sergio Morales, abogado de Libertad y Desarrollo, explicó que el problema se da cuando se tiene una empresa estatal que se involucra en el tema de las pensiones, que al final son fondos privados.
De ese modo, argumenta “que se puede prestar para que se privilegien inversiones del sector público, o en algunos proyectos de impacto social muy grandes, que no siempre son rentables para los afiliados. Ese es el principal miedo, de cómo se controla esto”.
Otro abogado experto en la materia coincide con lo anterior, y dice que “por definición, si se endeuda con el Estado o compra papeles de éste, o del Banco Central, o del BancoEstado, habría un conflicto de interés, porque es su grupo relacionado, es decir, es el mismo Estado el que le compra al Estado”.
En esa línea, el abogado comenta que en el texto viene un argumento protege sólo cierto tipo de inversiones.
“El resquicio para sacarse eso es que los dineros no son de la AFP, si no que son de los cotizantes, y el proyecto trae protegido el encaje, o sea la reserva (de un 1% de cada fondo), que son de la AFP; ésas no pueden comprar documentos del Estado. O sea están cuidando un poco el no caer formalmente en eso, pero el conflicto de interés está, (...) hay una cadena de distorsiones que esta AFP va a producir de todas formas”, explica.
Fiscalización
Pese a que en el proyecto se señala que la administradora estatal estará sujeta a las mismas normas fiscalizadoras que el resto de los actores de la industria, además de casos excepcionales donde intervenga la Contraloría General de la República, existen dudas respecto de cómo se llevará a cabo.
A lo anterior, Morales comenta que “a nivel de fiscalización, hay un tema de encajes, de porcentajes de los límites que se tienen para invertir en ciertos tipos de activos. Entonces el problema es cómo se garantiza que efectivamente la fiscalización va a ser independiente. Porque el superintendente de Pensiones es nombrado por el Presidente de la República”.
Al respecto, y consultado sobre el rol de la Contraloría en materia fiscalizadora, responde que no es tema de la Contraloría, “porque lo que fiscaliza-Contraloría- son los fondos públicos, no los fondos privados, y en este caso estamos hablando de fondos privados, que son de las personas. Yo creo que ese es el principal punto para tener cuidado”, dice el abogado.
También existen dudas sobre la elección del directorio, ya que esta tarea corresponde al presidente de la República, y según dice Morales, es un cargo de confianza del mandatario.