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REGÍSTRATE AQUÍPese a que no ha sesionado, asesores de parlamentarios y del Ejecutivo habrían acercado posiciones en algunos temas.
Por: CLAUDIA SARAVIA
Publicado: Martes 30 de noviembre de 2021 a las 04:00 hrs.
Por segunda vez desde que se integró y con miras a avanzar en acuerdos que permitan llevarla adelante, una comisión mixta de senadores y diputados retomará este martes a las 15 horas la discusión en torno al proyecto de ley que reforma el Código de Aguas.
La instancia se enfocará en analizar 18 artículos donde no hay acuerdo. La instancia es presidida por la senadora Adriana Muñoz y la integran un total de diez parlamentarios.
En estas semanas, y pese a no haber reuniones, los equipos de asesores de los congresistas con el Ejecutivo estarían avanzando en destrabar algunos puntos. Según fuentes, hay dos materias en las que existe una suerte de luz verde: por una parte, los artículos referidos a consumo humano, saneamiento y usos domésticos de subsistencia, entre los cuales se especificaría que respecto del agua “siempre prevalecerá el uso para el consumo humano, “de subsistencia y saneamiento”.
Y por otra parte, artículos referidos a la retroactividad de la ley, además de otros puntos. Ahí se establecería que “los derechos de aprovechamiento reconocidos o constituidos antes de la publicación de esta ley (...) continuarán estando vigentes y mantendrán su carácter de indefinidos en el tiempo”.
A juicio de Paula Elías, experta en Derecho de los Recursos Naturales y otras materias, “los puntos más controversiales serán los relacionados al régimen de los derechos de aprovechamiento de agua antiguos, plazos de extinción por no uso, y la discusión en torno a la prórroga anticipada de las concesiones”. Esto, debido a que aquellas materias “mantienen la certeza jurídica y estabilidad a los titulares para el desarrollo de sus distintas actividades”, explica.
Uno de los artículos del proyecto propone que pese al derecho de aprovechamiento de agua por 30 años establecido en el texto, la duración de esta facultad “se prorrogará automática y sucesivamente, a menos que la Dirección General de Aguas (DGA) acredite el no uso efectivo del recurso”. Y que en el caso de que considere que “la concesión deba otorgarse por un plazo menor, deberá justificar dicha decisión por resolución fundada”.
Asimismo, uno de los incisos que agregó el Senado en su última revisión tiene relación con la suspensión de los derechos de aguas en aquellos casos en que se detecten eventuales afectaciones acuíferas o a la fuente de extracción. Es decir, se podría revertir el uso de agua si así lo dispone.
Además, se establece la posibilidad de la extinción total o parcial del derecho si “el titular no hace uso efectivo del recurso en los términos dispuestos”.
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