La falta de ministros en los Tribunales Ambientales, organismos especializados que operan de norte a sur, se convirtió en una constante que esconde una larga espera que responde al nombramiento de estos profesionales. Pero, ¿dónde está la demora? Esa es la interrogante que buscó responder el Observatorio Judicial a través de la reconstrucción de la trayectoria de 14 nombramientos en las tres sedes para diversos cargos.
En el análisis, el proceso más largo registrado alcanzó los 1.046 días, mientras que el más corto implicó una espera igualmente significativa de 255 días. En 10 de los 14 nombramientos, la etapa del acuerdo en el Senado fue la más extensa. En promedio, el proceso de acuerdo representa el 55% del tiempo total (305 días promedio), el paso por la Alta Dirección Pública (ADP) un 23% (129 días promedio) y la elaboración de la quina en la Corte Suprema un 22% (122 días promedio).
Así, tras producirse una vacante, un tribunal puede quedar en promedio 557 días sin ese ministro, lo que equivale aproximadamente a un año y medio.
Por ejemplo, de lo analizado, el proceso más largo fue para nombrar a Cristián López como ministro suplente en Ciencias del Segundo Tribunal Ambiental: se extendió por casi tres años, entre el 3 de junio de 2018 y el 14 de abril de 2021.
“Deberían ser procesos que como máximo demoren 150 días y con la condición de que el sistema de nombramientos asegure que el tribunal cuente, como regla general, con su integración completa”, dice el investigador Juan Francisco Cruz.
El tiempo considerado abarca desde el inicio del concurso en el Sistema de ADP hasta la fecha en que el Senado entrega su acuerdo a la propuesta del Presidente de la República. No se incluye el período entre el envío de la quina y la elección que realiza el Presidente, ya que -según explican- generalmente esta decisión ocurre una vez alcanzado un acuerdo previo en el Senado.
Por ello, ambas etapas se unificaron bajo la denominación de “Acuerdo Senado”, la cual representa todo el tiempo de negociación política entre el Gobierno y los senadores para obtener el quórum necesario.
Consultado por DF sobre el tiempo que debiesen durar los nombramientos de ministros de estos tribunales, el investigador del Observatorio Judicial, Juan Francisco Cruz, considera que “deberían ser procesos que como máximo demoren 150 días y con la condición fundamental de que el sistema de nombramientos asegure que el tribunal cuente, como regla general, con su integración completa, es decir, los tres ministros titulares y los dos ministros suplentes”.

Vías de solución
La duda es cómo agilizar los nombramientos. Para el Observatorio Judicial, una alternativa hipotética consistiría en eliminar el requisito de obtener el acuerdo del Senado, considerando que es la etapa que -según los datos- consume más tiempo. Sin embargo, la instancia advierte que esa modificación plantearía desafíos significativos, dada la relevancia que tienen estas sedes. Esto, ya que la concentración de la decisión final únicamente en el Ejecutivo podría ser cuestionada: “Existiría un riesgo potencial de que se privilegien perfiles más afines a la ideología del Gobierno de turno”.
Desde esta perspectiva, sostienen que la intervención del Senado y el alto quórum requerido (2/3) actuarían como un mecanismo que promueve la búsqueda de acuerdos amplios y la selección de candidatos que generen consensos, descartando posiciones ideológicamente marcadas. “El costo de este mecanismo de contrapeso sería, precisamente, la extensión de los plazos”, aseguran.
Pensando en una “alternativa intermedia”, plantean, podría ser la reducción del quórum necesario. Por ejemplo, “una disminución de 3/5 (30 votos) a 4/7 (29 votos) hipotéticamente podría, en alguna medida, facilitar la obtención de acuerdos en el Senado, sin eliminar su rol de contrapeso en el proceso”.
Agregan que desde la óptica de la eficiencia del proceso, el rol de cada institución en la selección también podría ser objeto de análisis (ADP, Corte Suprema, Ejecutivo y Senado).
En este esquema, sinceran que “el valor añadido específico de la Corte Suprema en la elaboración de la quina -evaluado estrictamente en función de optimizar la rapidez del proceso y la calidad técnica (que ya viene filtrada por la ADP)- no resulta evidente. Cabría preguntarse si esta etapa contribuye decisivamente a la selección del mejor candidato posible o si introduce una dilación adicional”.
“Es relevante notar que esta reflexión se limita estrictamente a la etapa de nombramiento. La Corte Suprema mantiene, en todo caso, un rol posterior fundamental, al poseer la superintendencia de los Tribunales Ambientales y participar en la revisión de sus decisiones, lo que asegura la integración orgánica de dichos tribunales”, añaden.