Por Maximiliano Villena
Desde que Carlos Budnevich llegó a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras tuvo la intención de ampliar su perímetro regulatorio. Grandes tiendas comerciales eran foco de su atención, algo que a la luz de lo ocurrido con La Polar se presenta como premonitorio.
1.- Exigencias a los controladores
La Ley de bancos exige a los accionistas fundadores “contar individualmente o en conjunto con un patrimonio neto consolidado equivalente a la inversión proyectada y, cuando se reduzca a una cifra inferior, informar oportunamente de este hecho”. Tales exigencias de capital no rigen en el retail.
A la vez, existen requerimientos extras de capital a estas entidades que tienen mayor peso relativo en el mercado (sistémicas), por cierto tipo de operaciones por derivados, y por las autorizaciones de descalce de liquidez.
Pero analistas de mercado indican que el negocio del retail en Chile tiene ciertas particularidades que quedaron al descubierto cuando Ripley, Falabella y Cencosud arribaron a Perú y Colombia. En esos países los retailers locales se dieron cuenta que no podían operar con sus tarjetas, pues la regulación instruye que todo emisor de plásticos debe constituirse como banco. Pero al igual que en Chile, podían captan dinero a través de bonos para luego prestarlo.
2.- Provisiones por pérdida incurrida versus pérdida esperada
Las nuevas provisiones que deberá hacer La Polar no son un tema menor en la banca. Podrían llegar a los US$ 100 millones, toda vez que deben reclasificar a la compañía en cartera en incumplimiento, lo que implicará hacer provisiones por hasta el 40% de la deuda. Este es, justamente, uno de los pilares de los modelos de la banca. Los modelos afinados de provisiones son algo con lo que, indican en el sistema, el retail no cuenta, y que además no es supervisado.
Uno de los cambios más radicales que ha sufrido la banca a sido dejar el esquema de provisiones por pérdida incurrida (el que actualmente usan las casas comerciales), que implica que se hace el gasto una vez se conocen hechos objetivos de incumplimiento.
La banca, a partir de la modificación del año pasado, hace las provisiones por pérdida esperada. Es decir, consideran futuras pérdidas, por lo que quien tiene una cartera deteriorada reconoce el monto total que podría ser castigado.
Además, en ese esquema se introdujo una norma que obligó a los bancos a hacer provisiones por los créditos contingentes. Ya no sólo hacen el gasto por el cupo utilizado de las líneas de crédito y tarjetas, sino que también por la parte de la línea que no se ha utilizado.
3.- Avances en la supervisión basada en riesgo
Desde hace años que los reguladores chilenos vienen trabajando en la supervisión basada en riesgo, modelo que implica un cambio en la forma de hacer la fiscalización, pues el capital mínimo regulatorio para los actores financieros, así como las garantías con las que deben cubrir sus riesgos, dejan de ser fijas y pasan a estipularse en base a la ponderación por el riesgo que asumen. Con esto, los reguladores ya no supervisan el cumplimiento de la normativa, sino que los modelos diseñados para manejar los riesgos cumplan con ella.
En eso trabaja la Superintendencia de Bancos desde hace casi una década, a la vez que la de Pensiones anunció el año pasado el cambio hacia este modelo. Mientras, la SVS ya está avanzando en un proyecto de ley al respecto para las compañías de seguros, y existe un plan de trabajo para las corredores de bolsa. Sin embargo, aún no hay nada previsto para otros actores del sistema crediticio, como son las casas comerciales.
Parte importante de este esquema está basado en los modelos predictivos, entre ellos modelos de liquidez, VAR y provisiones. Todos estos modelos son propuestos por las compañías, en el caso de las política crediticias, sobre estudios estadísticos de carteras. Estos son auditados por los reguladores, que los rechazan o aprueban.
4.- Atribuciones del regulador sobre emisores de tarjetas
Cinco días hábiles bancarios son los que tiene la sociedad emisora de la tarjeta La Polar para regularizar el capital mínimo exigido para su funcionamiento, que llega a los US$ 4,6 millones. Según comunicó la Superintendencia de Bancos “dentro de ese plazo Inversiones S.C.G. S.A. deberá informar por escrito a la SBIF respecto de cuál es el plan de regularización a seguir y que le permitirá cumplir con el mínimo de capital y valores de UF 100.000, exigido en la norma para el funcionamiento de este tipo de empresas”.
Justamente, las atribuciones de la Sbif han sido uno de los tópicos del escándalo. Y es que esta es una de las pocas facultades que la entidad tiene. Ello en virtud de la norma del Banco Central que le otorga atribuciones en relación a los medios de pago, y no por solvencia ni riesgo crediticio.
En este caso, la Sbif sólo fiscalizaba a Inversiones SCG, sociedad anónima emisora de la tarjeta de crédito La Polar. El Banco Central en la norma dispone que la fiscalización sea realizada mediante un informe de procedimientos acordados efectuados por los auditores externos de la compañía. El contenido del informe es acordado entre la empresa y el auditor externo. Este informe es una especie de “check list”.
5.- Auditoría In Situ a entidades financieras
Una de las mayores atribuciones de la Sbif respecto de sus regulados son las auditorías in situ. Una vez al año se instala en las oficinas de los bancos entre uno y dos meses a revisar los libros de balance, carteras, provisiones, indicadores y modelos para evaluar su correcto funcionamiento y, de ser el caso, emitir sanciones. Tras esto, le asigna una clasificación interna al banco en cuestión.
En los últimos años el regulador ha implantado un sistema de fiscalización por intranet que le permite ver lo que sucede con ciertos instrumentos en tiempo real. Durante la pasada crisis financiera, llegó a solicitar información diaria sobre indicadores de liquidez y la valorización de instrumentos derivados.
Fuentes de la banca indican que esta supervisión in situ implica la revisión de la clasificación de las carteras, para analizar y cuestionar los criterios usados y contrastarlos con lo que exige la norma. Por ejemplo, los deudores renegociados van a una cartera separada.