La Comisión Nacional de Energía (CNE) informó este miércoles la publicación de las bases definitivas del proceso de Licitación Pública Nacional e Internacional para el Suministro de Energía y Potencia Eléctrica, correspondiente a la segunda licitación de suministro del año. Estas fueron aprobadas mediante resolución el pasado 15 de septiembre.
El proceso se enmarca en las licitaciones excepcionales de corto plazo, contempladas en la Ley General de Servicios Eléctricos y el Reglamento de Licitaciones, cuyo objetivo es garantizar el abastecimiento de energía para los clientes sometidos a regulación de precios.
Según explicó la CNE en un comunicado, la decisión responde a la actualización de las estimaciones de demanda y a la revisión de la contratación vigente, que determinaron una brecha de suministro a partir del año 2026, debido principalmente a la terminación anticipada de contratos adjudicados en procesos anteriores.
Entre estos, el de Canadian Solar Libertador Solar Holding SpA, Racó Energía SpA, Sonnedix PPA Holding S.A., OPDE Chile SpA y de la licitación de 2022 por parte de FRV Development Chile I SpA.
Con ese objetivo, la CNE instruyó la implementación de la licitación, que contempla la adjudicación de un volumen total de 1.470 GWh anuales, distribuidos en dos bloques zonales y tres bloques horarios. La presentación de ofertas se realizará el 2 de diciembre de este año.
El mecanismo -según detalló el organismo técnico- establece que el precio del contrato adjudicado podrá ajustarse dentro de una banda de precios en función del costo marginal según horario durante el período de suministro, lo que otorga mayor flexibilidad y resguardo a los clientes y a los participantes del proceso.
En el escrito, el secretario ejecutivo de la CNE, Marco Mancilla, sostuvo que “este nuevo proceso de licitación, que tiene por objeto asegurar el suministro para el próximo año de clientes regulados, es el primero que se desarrolla bajo el marco de las licitaciones excepcionales de corto plazo establecidas en la Ley. Dichos procesos consideran que el precio del contrato esté sujeto a un mecanismo especial de ajuste”.