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Conflicto judicial entre Southern Cross y familia Repetto llega a la recta final

El fondo de inversión intenta revertir obligación de pago de US$ 50 millones.

Por: Rodrigo Olivares | Publicado: Martes 27 de marzo de 2018 a las 19:22 hrs.
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La cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dejó en estado de “acuerdo” el recurso de queja presentado por Southern Cross contra el árbitro Víctor Vial del Río, producto de eventuales irregularidades en el fallo que dictó contra su subsidiaria Omega en el conflicto que que mantiene con la familia Repetto de Concepción, a través de la Agrícola Corniglia.

La disputa entre ambas tuvo su origen en la venta de los Repetto de la cadena de supermercados Keymarket en 2008 a Southern Cross. La transacción implicó en ese entonces US$ 121 millones, donde aproximadamente un tercio fue cancelado a los Repetto en acciones de Omega.

Southern Cross formó posteriormente Supermercados del Sur, donde agrupó Keymarket con otras cadenas, que luego pasaron a formar parte del grupo supermercadistas SMU, cuando se asociaron con el grupo Saieh.

El acuerdo de Omega y los Repetto establecía que la subsidiaria del fondo de Southern Cross estaría obligada a comprarles las acciones a los Repetto si en un plazo de seis años -a contar del 22 de diciembre de 2008- Supermercados del Sur no estaba inscrita en la Bolsa, lo que permitiría a los Repetto vender sus acciones de Omega en el mercado bursátil.

Sin embargo, cuando Supermercados del Sur se incorporó a SMU, Southern Cross y la familia Repetto se convirtieron en socios minoritarios de la empresa. Así, en 2011 el pacto original se modificó estableciendo que SMU se registraría en la SVS para salir a transar sus papeles en la Bolsa a más tardar en diciembre de 2014.

Pero SMU recién se abrió en Bolsa a principios de 2017, razón por la cual presentaron una demanda arbitral contra el fondo de inversión exigiendo que les compraran las acciones al precio acordado, que sumado a las multas involucradas, les llevaría a pagar US$ 50 millones. Se estima que para hacer el pago, el fondo tendría que vender un tercio de sus acciones en SMU.

De concretarse esto, “hay muchas instituciones que pierden, también hay AFPs”, explicó Raúl Tavolari, abogado de Southern Cross, fondo ligado a Raúl Sotomayor.

 

Los argumentos de las partes

En su argumentación, Tavolari explicó ante la Corte de Apelaciones que –tal como se expuso ante el árbitro Víctor Vial del Río- entre octubre y noviembre de 2014, un mes antes de cumplirse el periodo de seis años acordado, las acciones de SMU fueron inscritas tanto en la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS, hoy Comisión para el Mercado Financiero) como en la Bolsa de Comercio de Santiago. Por lo que se habría cumplido la condición establecida entre las partes.

Criticó además que los argumentos de Southern Cross, que sostienen que habría intentado vender las acciones sin éxito producto de los problemas económicos de SMU, se habrían planteado con pruebas incompletas, que se fundamentaban principalmente en información de prensa. Según Tavolari, no se constató de manera fehaciente intentos reales de vender las acciones.

Desde los Repetto –representados por el abogado Rodrigo Gil- argumentaron que no bastaba con la inscripción, sino que debía haber un criterio de operación que permitiera que las acciones fueran transadas y hubiera demanda real de inversionistas, lo que no habría ocurrido dado los problemas de solvencia de SMU.

 

El rol de Hinzpeter

Una de las polémicas del caso fue un eventual conflicto de interés a raíz de la relación amorosa entre la hija del árbitro Vial y Rodrigo Hinzpeter, exministro del Interior y de Defensa del primer gobierno de Sebastián Piñera. El abogado había sido designado como testigo por la familia Repetto.

La defensa de Southern Cross señaló que esta relación fue desafortunada. “No hay causal de inhabilidad para el árbitro (…) no hay prevaricación, ni hay delito, ni hay fraude, no hay estafa. Simplemente hay imprudencia en el actuar” por parte de Vial, dijo Tavolari.

Gil resaltó que no se incluyó este conflicto en el recurso de queja, ni tampoco en el arbitraje, y aclaró que la relación amorosa no se mantendría vigente.

 

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