Este lunes, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó a la Corte Suprema que rechace los recursos de reclamación presentados por Consorcio, LarrainVial, Juan Hurtado Vicuña y Banco de Chile dictados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que acogieron los primeros requerimientos por interlocking.
La primera sentencia condenó a Juan Hurtado, Consorcio y LarrainVial, por haber participado el primero simultáneamente como director en dichas empresas, ejerciendo el cargo en las matrices de filiales que operan en un mismo mercado.
La segunda sentencia condenó a Banco de Chile y Consorcio, por la participación simultánea de Hernán Büchi como director y ejecutivo relevante en dichas empresas, ejerciendo los cargos en las matrices de filiales que operan en diversos mercados financieros.
En los fallos, el TDLC impuso multas que en total superan los $ 7.500 millones.
Alegatos
Durante los alegatos, que terminaron de exponerse este lunes, el jefe de litigios de la FNE, Víctor Santelices, confirmó que las sentencias dictadas tiene como fundamento la correcta aplicación de la norma de interlocking y el debido resguardo de la libre competencia.
En su intervención, Santelices expuso que el TDLC tuvo por acreditado el control que las requeridas mantienen sobre las sociedades operativas en los respectivos mercados. De esta forma, según el TDLC y como había argumentado la FNE, cada sociedad matriz junto con su respectiva filial conforma una empresa competidora en el respectivo mercado.
Asimismo, el abogado desestimó el argumento de Hurtado respecto a que no habría tenido la calidad de director de LarrainVial, debido a que no asistió a las sesiones de directorio ni percibió su dieta como director.
En esa línea explicó que “la inasistencia a las sesiones de directorio no sólo no es causal de terminación en el cargo, sino derechamente un incumplimiento de las obligaciones como director”, explicó Santelices, descartando la posibilidad de una renuncia tácita al cargo y, en consecuencia, de la prescripción de la conducta, pues su renuncia tuvo lugar recién el 29 de abril de 2019.
Por otro lado, aseguró que los cuestionamientos a las sentencias se basan en “una distinción doctrinaria no recogida en la historia de la ley, haciendo alusión a un entendimiento del derecho estadounidense que es inexistente”.