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REGÍSTRATE AQUÍPodrán participar las cajas de compensación, las AFP, las compañías de seguros y las administradoras de fondos fiscalizadas por la CMF.
Por: Daniel Vizcarra G.
Publicado: Jueves 2 de septiembre de 2021 a las 12:27 hrs.
La Superintendencia de Pensiones (SP) informó este jueves que comenzó el proceso de licitación pública para la contratación del servicio de administración del seguro de cesantía por un próximo período de 10 años.
El actual contrato de administración del seguro de cesantía fue adjudicado mediante licitación pública, según consta el Decreto Supremo N° 24, de 2012, de los Ministerios de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, suscribiéndose el 1 de octubre de 2012 por un plazo de diez años contados desde esa fecha, de manera que está próximo a finalizar.
Debido a lo anterior, el pasado 28 de agosto se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N° 11, de los ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, que aprueba las bases de licitación pública para la contratación del servicio de administración del Régimen de Seguro de Cesantía. Posteriormente, el lunes 30 de agosto de 2021 se publicaron las respectivas bases de licitación en un medio de circulación nacional.
"El seguro comenzó a regir en octubre de 2002 como un instrumento de protección y cobertura social a la o el trabajador dependiente y afiliado al seguro que está desempleado por renuncia voluntaria o despido. Para esto, el seguro de cesantía combina un esquema de ahorro obligatorio sobre la base de Cuentas Individuales por Cesantía (CIC, que son de propiedad de los trabajadores) y un Fondo de Cesantía Solidario (FCS, que recibe aportes del Estado y de los empleadores) y que opera como fuente de financiamiento complementaria para asegurar el pago de beneficios mientras la o el trabajador está cesante y cumpla con los requisitos de acceso", dijeron desde el organismo.
La ley señala que en el proceso de licitación de la administración del seguro de cesantía podrán participar las cajas de compensación, las administradoras de fondos de pensiones (AFP), las compañías de seguros y las administradoras de fondos fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), además de personas jurídicas que cumplan con lo establecido en las respectivas bases de licitación.
La administración del régimen del seguro de cesantía estará a cargo de una sociedad anónima de nacionalidad chilena o agencia de una extranjera constituida en Chile, de giro único, que tendrá como objeto exclusivo administrar dos fondos, denominados "Fondo de Cesantía" y "Fondo de Cesantía Solidario", así como también otorgar y administrar las prestaciones y beneficios establecidos por la ley.
Asimismo, en resguardo de las y los trabajadores, la legislación contempla que la administradora del seguro en ejercicio tiene como obligación continuar con la gestión del seguro de cesantía hasta que la nueva administradora esté en condiciones de comenzar a operar y continuar con el servicio. La Superintendencia de Pensiones es el organismo encargado de autorizar el inicio de operaciones de la nueva sociedad administradora. En la actualidad, el seguro es gestionado por la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile II S.A. (AFC Chile).
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