Expertos explican reparos de EEUU a Chile por propiedad intelectual y ley de datos personales al alero del TLC
El informe de barreras comerciales emitido por ese país aludió a deficiencias regulatorias, lo que según especialistas, podría afectar la inversión, el comercio y la reputación.
Por: Marco Zecchetto
Publicado: Martes 29 de abril de 2025 a las 04:00 hrs.
Romina Garrido, directora de protección de datos de Prieto Abogados. Maximiliano Santa Cruz, socIo de Santa Cruz IP.
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A principios de abril, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, en inglés) publicó su informe 2025 National Trade Estimate Report on Foreign Trade Barriers (NTE, en inglés), sobre las barreras a los productos y servicios estadounidenses en 59 países, incluido Chile. En el contexto del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre ambos Estados, vigente desde 2004, el reporte señaló que “continúa teniendo preocupaciones significativas” de que Chile no aplique plenamente algunos compromisos del TLC sobre protección y aplicación de los derechos de propiedad intelectual (PI) y falta de claridad en ciertos temas de la Ley de Protección de Datos Personales.
Pero Chile ya estaba desde 2007 -post TLC- en la Lista de Vigilancia Prioritaria del informe Special 301 que elabora cada año el USTR para detectar las barreras comerciales a empresas y productos de EEUU en otros países y la aplicación de la protección de propiedad intelectual.
El socio de Santa Cruz IP y exdirector del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi), Maximiliano Santa Cruz, dijo que el reporte del USTR es un instrumento unilateral que no supone sanciones, pero abre la puerta a realizar consultas o procedimientos de solución de diferencias en el marco del TLC o del Acuerdo de los Derechos de Propiedad Intelectual en la Organización Mundial del Comercio. “También puede tener efectos reputacionales con empresas, gobiernos e inversionistas extranjeros, o incluso, llevarlo a emprender reformas legales”.
Para Santa Cruz -quien fue negociador de propiedad intelectual en el TLC con EEUU- las observaciones se enmarcan en un conjunto de ámbitos que combinan “diferencias legítimas de interpretación” y desafíos de implementación legislativa local.
Dijo que según el reporte persisten preocupaciones respecto de la elusión ilegal de medidas tecnológicas de protección, (TPM, en inglés), herramientas que restringen el acceso o copia de contenidos protegidos por derechos de autor que sí existen en la legislación estadounidense. “Chile no cuenta con disposiciones legales específicas sobre TPM, por ejemplo, mecanismos que impidan copiar un ebook o un audiolibro”.
El reporte también señaló que el país no ha logrado promover en los proveedores de servicios de internet una respuesta eficiente contra la piratería en línea. “Chile implementó estas obligaciones en la Ley de Propiedad Intelectual, sin embargo, EEUU cuestiona que los contenidos no se bajen de forma automática después de un reclamo y que tengan que pasar por un proceso judicial”, explicó.
Otro punto cuestionado, es la piratería satelital. El abogado comentó que Chile tiene una ley -la 21.119- de 2018 que sanciona la decodificación ilegal de señales satelitales codificadas, pero EEUU considera que es “insuficiente y no cumple totalmente con sus obligaciones y, además, no es suficientemente disuasiva”.
Vegetales y fármacos
Por otro lado, el reporte destacó que el país no ratificó el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales de 1991, que regula la protección de nuevas variedades vegetales protegidas por derechos de propiedad intelectual
Según Santa Cruz, el Congreso aprobó su adhesión en 2011, pero su implementación requería un nuevo proyecto de ley de semillas (“Ley Monsanto”) que fue retirado en 2014. “Si bien hay preocupaciones legítimas, son salvables”, sostuvo.
Otro tema que alerta el reporte es la eficacia para resolver los problemas de patentamiento asociado a la comercialización de fármacos y la protección contra la divulgación no autorizada de datos para obtener la aprobación de venta.
Un tema, que para Santa Cruz radica en las diferencias de opinión entre ambos países, ya que en Chile es obligación proteger por cinco años los datos de prueba para el registro de medicamentos y además, el Instituto de Salud Pública “no debería aprobar ningún medicamento que infrinja una patente”.
El informe también instó a Chile a “proporcionar transparencia y debido proceso” a las indicaciones geográficas (IGs) de un producto.
Santa Cruz explicó que Chile cuenta con un sistema de IGs y denominaciones de origen (DO), “sólidos”, pero EEUU se queja porque hay mecanismos paralelos que impiden que un tercero que se sienta afectado por el reconocimiento de una nueva DO pueda reclamar”, dijo el abogado.
Para avanzar en estas materias, Santa Cruz propuso que Chile participe en el proceso del informe Special 301 y en la unificación del sistema de PI en un “Instituto Nacional de Propiedad Intelectual, en vez de sólo Industrial”, que incluya derechos de autor y variedades vegetales, y que impulse “la implementación de todos los compromisos internacionales”.
Protección de datos
La nueva normativa nacional exige que los países receptores de datos desde Chile tengan niveles adecuados de protección de datos, pero el informe de EEUU criticó la falta de definiciones claras sobre el uso de cláusulas contractuales, que permitirían transferir datos a países que no cuenten con estos niveles de adecuación.
La directora de protección de datos de Prieto Abogados, Romina Garrido, por su parte, justificó la crítica porque “se necesita un marco de certeza para poder saber cuándo se pueden exportar e importar datos, y esa certeza no la vamos a tener hasta que la Agencia de Protección de Datos Personales defina estas cláusulas contractuales”, dijo.
Añadió que la Agencia -que estará operativa en octubre de 2026-, “solo tendrá dos meses para establecer estas definiciones antes de entrar en vigencia”.
Garrido advirtió que la falta de definiciones y herramientas claras genera incertidumbre jurídica para las empresas y podría afectar decisiones de inversión.
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