Una modificación relevante, más al considerar que el pronunciamiento previo -de 2023-, establecía que el trabajador que se desafilia del sindicato con el cual mantiene un instrumento colectivo vigente y se afilia a otra organización sindical, puede participar del proceso de negociación colectiva iniciado por esta última, contando con todos los derechos, garantías y prerrogativas inherentes a esa condición.
Esto, sin perjuicio de que la aplicación posterior del instrumento colectivo que se suscriba en dicho proceso -y sus beneficios- se aplique una vez que finalice la vigencia de aquel contrato o convenio del sindicato al que pertenecía inicialmente la persona.
A través del dictamen emitido este martes, la DT estableció que el trabajador que se desafilia de un sindicato y se incorpora a otro, permanece sujeto al instrumento colectivo suscrito por la organización a la que pertenecía y no forma parte del proceso de negociación colectiva iniciado por el sindicato al que se afilió con posterioridad.
Además, debe pagar el total de la cuota mensual ordinaria de su antiguo sindicato durante toda la vigencia del referido instrumento colectivo.
Al justificar el cambio, el organismo señaló que la aplicación práctica de la doctrina anterior generó “dificultades operativas e incertidumbre interpretativa”, especialmente por la posibilidad de que un mismo trabajador ejerciera derechos vinculados a dos sindicatos distintos frente al mismo empleador.
“Silla musical”
Para Lilia Jerez, de GNP Canales Abogados, es un ajuste que va en la línea correcta.
Según explicó, el criterio anterior generaba una situación compleja: trabajadores podían acceder a derechos propios del proceso negociador del nuevo sindicato -como fuero o participación en la huelga-, pero sin incorporarse efectivamente a los beneficios económicos del instrumento que surgiera de esa negociación. Esto, a su juicio “generaba incentivos confusos y conflictos internos, especialmente respecto de beneficios como el bono de término de negociación”, dijo.
Una opinión en la misma línea entregó Cristóbal Raby, socio del Estudio Prieto Abogados, quien agregó la interpretación anterior “llevó a muchos abusos por parte de sindicatos inescrupulosos, que con el sólo ánimo de ganar fueros y de alterar los efectos de una huelga legal, afiliaban a cientos de trabajadores al sindicato y los incluían en la negociación colectiva, a pesar de estar afectos a otro instrumento colectivo”.
Para Jorge Arredondo, de AZ, con este nuevo dictamen “se evita lo que, en algún momento denominamos la silla musical, de eventualmente ir cambiándose de sindicato para ir obteniendo en cierto modo los beneficios de cada proceso de negociación colectiva”.