El Gobierno mostró sus cartas con el objetivo de destrabar uno de sus proyectos emblemáticos: el que termina con el Crédito con Aval del Estado (CAE) y lo reemplaza por un sistema público de Financiamiento de la Educación Superior (FES).
Esto, luego de que tanto la Contraloría General de la República (CGR) como el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) cuestionaran aspectos clave de la iniciativa, por ejemplo, enfatizando que el aporte que realizará el Fisco a los estudiantes para financiar su educación superior, quienes a su vez deberán entregarle una “contribución” al Fisco para pagar por su educación una vez egresados, no puede ser considerado un activo financiero -como dice el proyecto original del Ejecutivo-, sino un activo contingente a que esas personas realicen el pago, por lo que debería ser considerado un gasto público y contabilizarse “sobre la línea” de la contabilidad del Estado.
Esto, ya que ambas entidades advierten que no existe un derecho adquirido claro del Fisco sobre las retribuciones futuras, y tampoco se permite asignar un valor financiero cierto a la obligación de retribución.
El Ejecutivo comprometió el ingreso de indicaciones para dar forma al acuerdo propuesto con los senadores.
Dicho lo anterior, en el marco de la comisión de Educación del Senado, el Ejecutivo entregó el detalle de las conversaciones que ha sostenido con la oposición y sus asesores técnicos para hacerse cargo de los cuestionamientos de la CGR y el CFA.
Entre lo principal, destaca la modificación de la naturaleza de la contribución de los beneficiarios una vez egresados, estableciendo ahora el deber de suscribir un contrato entre el Fisco y el futuro egresado al momento de acceder al beneficio, con lo que se busca clarificar y cuantificar el derecho que adquiere el Fisco.
De esta forma, se establecen dos etapas de valorización: la regla general, en la cual el monto anual de pago es equivalente a dos veces la suma del arancel regulado reajustado, dividido por el número de años que le corresponde pagar, lo que clarifica el valor del activo del Fisco.
La segunda es una regla de “excepción”: si la persona declara, se le aplican los parámetros y tramos de contingencia al ingreso.
Asimismo, se establece un tope adicional (una suerte de seguro) en virtud del cual el pago total no podrá ser más que el valor presente de lo financiado por el Estado, ajustado por una tasa de descuento, contabilizado desde el primer año de estudios.
Otro cambio relevante que propone el Ejecutivo es abrir la puerta al copago, ya que la propuesta original establece aquello solo para el décimo decil (el 10% de mayores ingresos); se habilita la posibilidad de prepagar la deuda contraída con el Estado bajo ciertas condiciones; y se pone un límite a la obligación de pago, desde hasta 3,5 veces el costo de la carrera a hasta 2 veces, entre otros ajustes.