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Publicado: Martes 4 de octubre de 2016 a las 04:00 hrs.
Ayer se llevó a cabo la formalización a la persona jurídica Corpesca, trámite que debió cumplir el gerente general de la firma, Arturo Natho.
El proceso, explicaron, busca determinar si la pesquera implementó un programa de prevención del delito de soborno, en el marco de la investigación por pagos irregulares en la tramitación de la Ley de Pesca donde la empresa está involucrada.
Tras la formalización y a través de un comunicado, la empresa dijo que ha aportado al Ministerio Público los antecedentes que demuestran que sí contaba con dichas medidas y, por ende, daba cumplimiento a lo dispuesto por la ley 20.393, en la época en que sucedieron los hechos por los que ha sido imputado el entonces gerente general de la firma, quien ejerciera dicho cargo hasta mayo de 2013.
En la compañía destacaron que “ha prestado toda la colaboración para el esclarecimiento de estos hechos de público conocimiento, respecto de los cuales la empresa como tal es absolutamente ajena, por lo cual espera ejercer su derecho de defensa oportunamente”, dijo en una comunicación.
En el Cuarto Juzgado de Garantía, uno de los fiscales del caso, Julio Contardo, imputó que la compañía por carecer de una instancia de este tipo.
Consultado por la eventual formalización de otros posibles involucrados en el caso, el persecutor dijo que la “investigación está abierta y ha avanzado con fuerza desde mi asunción (...) Si eso implica citar a cualquier persona, cualquier persona va a ser citada” y aclaró que hasta el momento no existe una imputación en contra del ex ministro Pablo Longueira.
Toma fuerza la idea de que, en primer lugar, el cargo sea nombrado por Alta Dirección Pública (ADP). Además, piden dejar sin efecto y revisar una serie de dictámenes controversiales.
La entidad de educación parvularia recurrió a la Corte Suprema para intentar revertir una “condena real de más de $ 1.800 millones”, la que considera “absolutamente expropiatoria, ilegal, injusta y abusiva”.
Si bien la conducta fue considerada "grave" por el ente regulador, este optó por una amonestación menor debido a que no se acreditó un daño directo al mercado ni la obtención de un beneficio económico.
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