SMA inicia proceso de sanción contra generadoras termoeléctricas y arriesgan multas por más de US$ 50 millones
Por: Equipo DF
Publicado: Jueves 11 de junio de 2015 a las 04:00 hrs.
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en el marco de evaluación de cumplimiento en 2014 de la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctricas, detectó diversos irregularidades y formuló cargos contra varias empresas generadoras: Endesa (a través de cinco filiales), SW Consulting y E-CL, que en conjunto arriesgan multas que podrían llegar hasta más de US$ 50 millones si es que se confirman las acusaciones.
En primer lugar, se formularon cargos "gravísimos" por no entregar la información necesaria para acreditar el cumplimiento de la Norma de Emisión. Este es el caso de Endesa respecto de la Unidad de Generación Eléctrica N° 1 de la Central Termoeléctrica Diego de Almagro, ubicada en la Región de Copiapó, y respecto de las Unidades N° 3, N° 4 y N° 5 de la Central Termoeléctrica Huasco, también en la tercera región del país, así como a Compañía Eléctrica Tarapacá (Celta), ubicada en la primera región.
Por el mismo incumplimiento se encuentran Empresa SW Consulting respecto de su Central Termoeléctrica El Salvador en la Región de Atacama. Para este grupo de 4 unidades, se consideran multas de hasta 10.000 UTA, cada una.
En el caso de la superación de la norma de emisión respecto de Material Particulado, la SMA formuló cargos "graves" a dos filiales de Endesa (Bocamina en la región del Biobío y la unidad Nº 1 de San Isidro en Valparaíso). Ambas arriesgan multas por hasta 5.000 UTA.
En el caso de E-CL, fue por las Unidades de Generación Eléctrica CTM 1 y CTM 2 en la región de Antofagasta, donde fueron calificadas como "leve", con hasta 1.000 UTA de multa.
Por ley, la SMA es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctrica, dentro de lo que se enmarca esta ofensiva.
Durante 2014, la superintendencia -que es liderada por Cristián Franz- comenzó a evaluar el cumplimiento del límite de emisión que aplica para Material Particulado (MP), cuya verificación se debe evaluar anualmente, según explicó el organismo.
Agregó que, en estos casos, la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. Por su parte, el infractor cuenta con 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento –si corresponde- o bien, con 15 días para presentar descargos.
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