El cara a cara entre la SBIF y CorpBanca por la multa de US$ 30 millones
Por: C. Araya / C. Cristino
Publicado: Viernes 22 de enero de 2016 a las 04:00 hrs.
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La suerte está echada. La Superintendencia de Bancos se mantiene firme respecto de la sanción que le aplicó al banco controlado por el Grupo Saieh, que corresponde a la más alta de su historia. Por su parte, la entidad bancaria decidió pelear con todo en tribunales, convencida de que logrará revocar dicha resolución. Y es que según sus argumentos, además de existir problemas en el debido proceso, el regulador habría malinterpretado la norma. No obstante, esta misma se denunció por haber excedido límites de crédito a las cascadas en 2011, que fue justamente el catalizador para que el superintendente Eric Parrado decidiera multar.
La autodenuncia del banco que antecede sanción del regulador
¿Por qué la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) decidió investigar los créditos que otorgó CorpBanca al grupo empresarial conocido como "las cascadas"? Todo indica, y de hecho así lo reconoció el organismo liderado por Eric Parrado, que se debió a la entrada de Rafael Guilisasti a los directorios de Norte Grande, Oro Blanco y Pampa Calichera, cuando éste aún formaba parte de la mesa del banco ligado al Grupo Saieh, en septiembre de 2015. No obstante, fue en diciembre cuando se sustentó fuertemente la multa por US$ 30 millones que finalmente el regulador decidió aplicar al banco.
Según fuentes del mercado, y que consigna Revista Capital, en el último mes de 2015, la administración de CoprBanca se percató de que la entidad había sobrepasado los límites individuales de crédito en 2011. Frente a ese hecho, el banco decidió autodenunciarse ante la SBIF, con tranquilidad de que, esa situación puntual, ya habría prescrito y se había dado en un periodo muy acotado
Todo radica en un crédito que CorpBanca otorgó a Potasios mientras estaba bajo Oro Blanco, en la conocida figura de cascada. Fue en ese punto cuando el banco excedió los límites consignados por la ley, que establece que una entidad bancaria no puede otorgar más del 10% de su patrimonio a un deudor, ya que la primera compañía tenía más del 50% de la propiedad de la segunda.
Aunque se habría tratado, según explica una fuente, de "un exceso provisorio", dado que ese mismo año, la sociedad Potasios se reestructuró quedando debajo de Nitratos. Como sea, para la SBIF ésta era sólo una de las infracciones, dado que estos pasivos con las cascadas fueron reestructurados y renovados en 2013 y 2015, por lo que, de acuerdo a la publicación, la infracción de 2011se mantendría vigente, a juicio del regulador. Para despejar toda duda, el superintendente Parrado solicitó un informe al ex fiscal del Banco Central, Miguel Ángel Nacrur, quién confirmó su tesis.
Las irregularidades que acusa el banco ligado al Grupo Saieh
Con un sobre recibido por el guardia del edificio corporativo de CorpBanca, en pleno feriado bancario fue el primer intento de notificación de parte de la SBIF. Al no encontrarse nadie dentro de la institución, el gerente general de la entidad fue contactado a su celular. La notificación debía realizarse antes de que finalizara 2015. Ésta es solo una de los acontecimientos en torno al caso que causa ruido dentro del banco ligado al Grupo Saieh, y que hacen cuestionar el proceso mediante el cual se terminó con la multa, por haber sobrepasado los límites de créditos otorgados a las sociedades cascadas que permiten a Julio Ponce Lerou controlar SQM.
Desde el principio. CorpBanca, asegura una fuente cercana, nunca se enteró por qué la Superintendencia comenzó a pedir información adicional sobre los créditos que sostenían las mencionadas sociedades. Proceso que coincidió con la entrada de Rafael Guilisasti a los directorios de Norte Grande, Oro Blanco y Pampa Calichera. Y en ese contexto, afirma, todo apunta a que la acción forma parte de "la persecución" a Ponce. A todo esto, se suma el hecho de que la entidad no pudo defenderse durante el proceso de investigación, por lo cual de acuerdo a CorpBanca se vulneró la ley que rige a la administración del Estado en cuanto al debido proceso. Dicha legislación indica que "se notificará a los interesados que hubieren participado en el procedimiento..."
Lo curioso, enfatiza la misma fuente, es que el regulador sabía que era el camino a seguir, dado que en dos oportunidades la Contraloría le indicó, por solicitud de la propia SBIF, que debía acogerse a la mencionada ley. A todos estos antecedentes, se agregaría que el sobre recibido por Massú contenía una carta de solo cinco páginas -con fecha 30 de diciembre, aun cuando fue enviada al día siguiente-, cuyo escrito no difería mucho del hecho esencial que CorpBanca envió esa misma tarde a la SVS. Por eso es que CorpBanca en su reclamación ante los tribunales exige que se dé a conocer dicho material.
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