El legado digital. Un concepto nuevo en el que no muchas personas han pensado hasta ahora. Sin embargo, el avance de Internet obliga a hacerlo, pues cada vez más vamos depositando en soportes digitales, material personal como fotografías, cuentas de email, datos bancarios, música, películas y documentación.
Ahora, son muchos los abogados quienes están aconsejando introducir este legado en los testamentos, dice el diario español Expansión.
“La identidad civil digital tiene menos de 10 años de vida y no existe una regulación en este sentido. Tanto en España como en el ámbito internacional la legislación sucesoria es del siglo pasado y no se adapta a las nuevas necesidades. Nuestra justicia es analógica”, explica Rodolfo Tesone, abogado especialista en derecho digital y presidente de la Asociación de Expertos Nacionales de la Abogacía TIC (Enatic).
Los problemas
Según relata Expansión, para resolver este anacronismo legal se hace necesario realizar en el testamento un inventario de las actividades digitales –cuentas de correo electrónico, redes sociales, bienes comprados o albergados en Internet– e identificar todas las contraseñas. “La persona legitimada para encargarse de este proceso se podría ver confrontada a posibles delitos de usurpación de identidad, problemas legales por la protección de datos o asuntos relacionados con el derecho a la intimidad o a la propia imagen. Así que no siempre será fácil cumplir las voluntades hasta que no haya una legislación que autorice expresamente la toma de control del legado digital”, explica Tesone al medio español.
El rol de las compañías
Ahora bien, compañías como Facebook y Gmail están tomando cartas en el asunto. Por ejemplo, la red social introdujo la posibilidad de eliminar las cuentas. Para eso, los familiares deben presentar un certificado de defunción y una prueba de su relación con el fallecido. En tanto, Gmail permite anular las cuentas tras meses de inactividad y certifica la eliminación de todos los contenidos, ya sean correos electrónicos, fotos o vídeos.