El 18 de abril de este año, Codelco y SQM hicieron la última propuesta a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) sobre las medidas de mitigación para lograr que el ente antimonopolios aprobara el acuerdo para explotar el Salar de Atacama hasta 2060 mediante una sociedad conjunta.
En este deal, Codelco y SQM crearán una nueva sociedad, constituida mediante una fusión por incorporación de la sociedad Tarar de Codelco en SQM Salar. Su administración se estructuró en torno a dos etapas. Entre los años 2025 y 2030, la sociedad conjunta será controlada por SQM; mientras que, en una segunda etapa, entre los años 2031 y 2060, el control recaerá en Codelco.
Dichas acciones de mitigación se imponen tanto al accionista que sea controlador de la sociedad conjunta, como aquel que no, así como a Codelco y SQM por separado y a la nueva empresa resultante. Las restricciones que aprobó la Fiscalía afectan tanto a los directores como a los ejecutivos, empleados y asesores, dado el riesgo de interlocking existente en estas capas.
De esta manera, ambas partes -Codelco y SQM- se comprometen a “no nominar, votar, ni designar, sea directamente o a través de sus filiales, como directores de la sociedad conjunta a personas que desempeñen el cargo de director, ejecutivo relevante, empleado o asesor (o que se hayan desempeñado como asesor durante el último año calendario) en un actor del mercado del litio y cuyo grupo empresarial sea distinto del de la sociedad conjunta”.
Además, la nueva sociedad "se compromete a no designar o contratar como ejecutivos relevantes de la sociedad conjunta a personas que desempeñen el cargo de director, ejecutivo relevante, empleado o asesor (o que se hayan desempeñado como asesor durante el último año calendario) en un actor del mercado del litio y cuyo grupo empresarial sea distinto del de la sociedad conjunta"..
Como lo detallan los documentos, "todos los compromisos propuestos consisten en obligaciones de hacer o no hacer cuya finalidad es restringir y limitar los posibles flujos de información comercialmente sensible que eventualmente podrían tener lugar con ocasión de la de implementación y operación de la Sociedad Conjunta".
Las medidas implican pasar por un filtro "al momento de determinar quiénes pueden ser nombrados directores o ejecutivos relevantes, incluyendo a personas que desempeñan el cargo de empleado y quienes han prestado asesorías dentro del último año en el mercado del litio", dice el informe de la FNE.
Además de ello, se restringe el acceso a información y su flujo. "El accionista controlador se compromete a no intercambiar, directa o indirectamente, información restringida de la Sociedad Conjunta con terceros ajenos a su grupo empresarial que sean un actor del mercado del litio o parte del grupo empresarial de este último", dice el reporte.
La información restringida es amplia. Incluye los precios, costos, fórmulas, estructuras de costos, márgenes, información sobre productos nuevos que estén desarrollando, volumenes de produccción, inversiones, planes, estrategias comerciales y de marketing y un largo etcétera. Estos datos no se podrán compartir ni entre Codelco ni SQM ni a miembros de estas mismas empresas, así como tampoco a actores relevantes del mercado del litio. Además, los ejecutivos deben firmar declaraciones juradas con alcance personal y con fiscalización periódica de la FNE mediante informes, así como filtros informáticos, capacitaciones sobre riesgos y un amplio abanico de acciones para materializar las limitaciones.