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REGÍSTRATE AQUÍRechazó el recurso presentado en contra de la sentencia del Décimo Juzgado Civil de Santiago que desestimó la reclamación por la decisión de la SVS.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Viernes 17 de abril de 2015 a las 17:33 hrs.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa de UF 1.500 aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en contra Norberto Morita en el marco del denominado caso La Polar.
En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada capitalino -integrada por los ministros Hernán Crisosto, Alejandro Rivera y el abogado (i) Marcos Medina- rechazó el recurso presentado en contra de la sentencia del Décimo Juzgado Civil de Santiago que desestimó la reclamación por la decisión de la SVS.
En el fallo, la Corte de Santiago comparte el criterio de la jueza de primera instancia Guinette López y de la autoridad administrativa de multar a Morita -ex director de La Polar- por falta de cuidado en sus deberes como director de una sociedad anónima.
"A lo anterior, es dable destacar que existen deberes en los directores que guardan relación en razón de la posición y relación de confianza inherente a su condición de administradores de negocios ajenos, en particular referido al interés social, siendo que el artículo 41 de la Ley de Sociedades Anónimas dispone que deben emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios, de lo que se sigue que responden hasta de culpa leve, la que se aprecia en abstracto, sea individual o colectivamente (por acuerdos del directorio) tanto por vía de acción u omisión, tratándose del referido a un buen padre de familia en el cumplimiento habitual de las normas, que debe examinar y valorar, actuando con la diligencia debida, cuya comparación ha de realizarse entre la conducta del agente con la que hubiera observado un hombre prudente de idéntica profesión u oficio, colocado en el mismo lugar, tiempo y demás circunstancias externas de aquél, sin que pueda en caso alguno a atender a circunstancias internas, esto es, debe adoptarse un ideal y determinar cómo habría éste reaccionado, lo que constituye una consideración objetiva de la culpa, esto es, la abstracción del estándar de cuidado", sostiene el fallo.
La iniciativa comenzará a operar en enero de 2027 en las 16 regiones del país. El sistema no contempla recursos adicionales y busca aprovechar los instrumentos públicos existentes.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
Entre los planes del centro que lidera la U. de los Andes, está crear tres spin off con investigadores, solicitar cinco patentes y construir un laboratorio de análisis de microbiota con socios privados.
El holding ligado a la familia Nun selló la adquisición de la marca, en una operación que se extendió por cerca de 10 meses y que marca su primera incursión en este segmento.
En paralelo, la firma concretó un segundo aumento de capital para financiar su participación en la capitalización de CLC, operación que provocó cambios en las participaciones accionarias al interior de su grupo controlador.