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REGÍSTRATE AQUÍPor: La República, Colombia
Publicado: Martes 19 de mayo de 2020 a las 07:58 hrs.
Con el objetivo de reactivar la economía local debido a la crisis generada por el Covid-19, el presidente Iván Duque anunció este lunes una serie de medidas que buscan reducir el impacto y apoyar a los sectores más afectados.
En primer lugar, para el sector de los restaurantes, se suspenderá el cobro el impuesto al consumo, que tiene un valor de 8% sobre el servicio, hasta diciembre de 2020. La medida aplicará para restaurantes, cafeterías, pastelerías y bares.
“Sabemos que han tenido que reinventarse, que han estado en los domicilios, que han estado facilitando otro tipo de servicios porque no pueden estar brindando sus servicios de manera convencional”, indicó Duque.
En segundo lugar, el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), José Andrés Romero anunció que hasta el próximo 31 de julio, los locales comerciales que estén cerrados al público durante el periodo de aislamiento estarán excluidos del cobro del IVA, que tiene un valor de 19%.
“Un local en un centro comercial que hoy en día está cerrado no está produciendo nada. Por ello, queremos dar un alivio”, dijo Romero. Al respecto, el funcionario anotó que “los locales comerciales dependen su ingreso y el pago del canon de arrendamiento de estar abiertos al público. Un local cerrado en un centro comercial, que puede tener un valor muy grande, no está produciendo porque la gente no está pudiendo ir a comprar, por lo que decidimos dar un alivio, un plazo para no cobrar el IVA sobre el arrendamiento de locales comerciales”.
En tercer lugar, Romero anunció que se acelerará la entrada en vigencia de los tres días sin IVA, que quedaron aprobados en la Ley de Crecimiento Económico y habían sido reglamentados por la entidad que dirige en febrero de este año. Sobre estos, confirmó que la medida se aplicará los próximos 19 de junio, 3 de julio y 19 de julio, con el propósito de impulsar la confianza del consumidor y la reactivación de la economía.
“Creemos que la reactivación económica del sector comercial depende mucho de la confianza en el consumo de los colombianos y de que encuentren en estos días la posibilidad de acceder a ciertos bienes con un descuento muy importante”, manifestó Romero.
Como novedades adicionales, el director de administración tributaria explicó que se amplió la cuantía máxima de algunos de los bienes elegibles, por lo que, tras la firma del decreto, los productos con un valor hasta $2,8 millones estarán exentos del cobro de este impuesto.
Según la reglamentación que quedó aprobada en la Ley de Crecimiento Económico, la medida cubría las siguientes categorías: vestuario, accesorios, útiles, electrodomésticos y equipos deportivos. Sin embargo, Romero agregó que adicionalmente, quedarán también cubiertos por la exención del impuesto las patinetas y bicicletas, tanto mecánicas como eléctricas, computadores, celulares y equipos de comunicación e insumos agropecuarios.
Otra novedad es que, para la aplicación de la medida, ya no se exigirá que las compras se hagan de manera presencial, como estaba planteado originalmente, por lo que se incluyen los bienes adquiridos a través de plataformas electrónicas y domicilios, y tampoco se exigirá que los establecimientos comerciales tengan facturación electrónica.
Adicionalmente, Romero anunció que para las empresas que estén presentando dificultades económicas y falta de liquidez, se crearán facilidades o acuerdos de pago abreviados automáticos, que serán resueltos por la Dian en 15 días, en los que los pagos se podrán diferir hasta 12 meses, sin necesidad de garantía real o insinuación de activos.
Así mismo, se anunció la disminución de la tasa de interés moratorio, que será equivalente al interés bancario corriente hasta el próximo 31 de diciembre de 2020. Esta medida se aplicará tanto a los pagos como a las facilidades de pago.
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