Banca & FinTech

Ley Fintech aún no arranca y parlamentarios ponen presión regulatoria a los desarrolladores de Apps financieras

Un grupo transversal de diputados criticaron que la legislación fintech “no regula a las aplicaciones o servicios financieros digitales que prestan dinero a particulares”.

Por: Vicente Vera | Publicado: Martes 16 de enero de 2024 a las 16:55 hrs.
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Foto Reuters
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El 3 de febrero se iniciará la primera etapa de regulación a las empresas fintech por parte de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

A pesar de este hito, un grupo transversal de diputados presentó antes de Navidad una moción parlamentaria que tiene como fin regular las aplicaciones (Apps) de préstamos de consumo. 

Los diputados criticaron que la Ley Fintech “no regula a las aplicaciones o servicios financieros digitales que prestan dinero a particulares, por lo que si bien constituye un antecedente legislativo relevante a observar, no contribuye en la prevención de los delitos que inspiran este proyecto de ley”. 

Asimismo, sostuvieron que “la realidad chilena da cuenta de que las medidas adoptadas por Google para permitir a los desarrolladores distribuir este tipo de aplicaciones no han sido suficientes para proteger a sus clientes y que, por el contrario, los han expuesto a riesgos y situaciones que son intolerables”. 

Así, la propuesta de los diputados establece un marco regulatorio para el funcionamiento y distribución de aplicaciones financieras a través de los software de tiendas digitales, para prevenir la comisión de delitos a través de ellas, establecer responsabilidades claras para los desarrolladores y software que las distribuyen, y proteger los derechos y datos de los usuarios.

Los autores del proyecto son los diputados Gonzalo Winter, Javiera Morales, Miguel Mellado, Tomás Hirsh, Lorena Fries, Alejandro Bernales, Boris Barrera, Daniel Manouchehri y Miguel Ángel Calisto.  

El articulado

La propuesta legal explicita un principio de legalidad general para el funcionamiento de estas aplicaciones, obligando a los softwares que los distribuyen a verificar que cumplan con la legislación vigente, estableciendo un estatuto de responsabilidad solidaria en caso de infracción y prohibiendo cláusulas de exenciones de responsabilidad para el software por infracciones cometidas por las aplicaciones. 

La iniciativa establece los requisitos que deben cumplirse para la creación de una cuenta de desarrollador financiero. Entre las obligaciones para los desarrolladores se destaca cumplir con las obligaciones tributarias y la responsabilidad por los daños causados por sus aplicaciones en los dispositivos en que se descarga.

Asimismo, se exige la clasificación de las aplicaciones como servicios financieros y la gestión confidencial de la información del usuario para su protección. 

Las aplicaciones financieras deberán tener una autorización de la CMF para su distribución, y no podrán ofrecer préstamos con plazos menores a 120 días. 

Se enfatiza que las comunicaciones con los usuarios deben realizarse exclusivamente a través de la aplicación, con registros de interacciones, y se zanjan restricciones sobre la información a la que las aplicaciones pueden acceder en los dispositivos de los usuarios. 

Las infracciones quedaron al arbitrio de la CMF y podrán oscilar entre las UF 500 y UF 15 mil. 

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