Por Kharla Caniupán
El envío de la base de datos Rut a Rut ha sido una de las peleas más dura que ha enfrentado el retail. Pero la Circular N° 40, emitida en julio por la Superintendencia de Bancos (SBIF), establece el envío de información desagregada.
Si bien, el comercio impugnó parte de esta normativa ante la Corte de Apelaciones, aludiendo que dos puntos son ilegales y arbitrarios; para el gerente general del Comité de Retail Financiero, Claudio Ortiz, se produce una situación anómala tras el despacho de la Ley de Tasa Máxima (TMC).
- ¿Qué escenario queda tras la aprobación de TMC?
- Después de dos años de debate en el Parlamento, se establece como requisito que la información viaje a la SBIF disociada del Rut, sin identificar al cliente. Pero en un acto administrativo, unilateral, la autoridad promueve el envío de similar información, pero con Rut. Ahí, este paralelismo normativo va a generar una contradicción de normas.
- ¿Por qué?
- Como un ejemplo operacional quiero mostrar la contradicción a la que llegaríamos: Con las dos normas en plena vigencia, los emisores no bancarios deberán entregar dos pendrive: uno con la base de datos en el marco de la ley de TMC, sin Rut. Y en paralelo, en el marco de la Circular Nº40, otro con prácticamente la misma base de datos pero con Rut.
- ¿Cuál es el problema?
- Es impensable que el computador central o en la cabeza del fiscalizador estas dos bases de datos no se mezclen. Una cosa es la teoría y otra la práctica. Por eso, desde nuestra perspectiva, lo único que da realmente certeza jurídica a la industria para operar -más aún en un escenario regulatorio cambiante como el del retail- es el tratamiento legislativo de esta materia.
- Pero el regulador requiere esta información...
- Yo me quiero basar en la experiencia internacional, en los países desarrollados, en los que componen el consejo de Basilea, este tráfico de datos no existe. Hay mejores maneras de efectuar la fiscalización.
- ¿Cómo cual?
- La fiscalización in situ en nuestras oficinas.
- Pero existen análisis que no podrían llevarse a cabo…
- Nosotros abrimos nuestros sistemas de información. La autoridad se puede llevar porciones aleatorias de la base de datos, podemos compartir nuestras bases de datos disociadas de los Rut. La fiscalización en el ámbito de la Circular Nº 40 es en materia de solvencia. Para determinar el índice de provisiones no se necesitan los Rut. Además, al igual que el proyecto de TMC, si encuentran anomalías pueden pedir esa información particular.
- Hay quienes critican que un sector estipule qué es lo que puede o no pedir la SBIF.
- En un país democrático, lo que importa son los correctos criterios y lo que establezca la institucionalidad. Lo que no puede darse es que se tomen medidas arbitrarias. Nosotros somos la única industria regulada que no tiene una ley que fije el marco de esta regulación.
- ¿Quieren una ley que determine el marco?
- Nuestro planteamiento tiene dos ejes complementarios. En el corto plazo nos interesa que la Circular N° 40 considere nuestra preocupación sobre estos dos aspectos específicos: base de datos Rut a Rut y giro único. Independiente de eso, con una mirada a largo plazo, nos gustaría tener una regulación específica por ley a nuestro sector.
- Conadecus planteó que para tener una adecuada fiscalización es sensato lo que plantea la SBIF.
- La Conadecus se equivoca porque esta regulación es pro solvencia, no pro consumidor.
- César Barros, presidente de la Polar, declaró a la prensa que aprobaba el envío de la información Rut a Rut.
- Me extrañan sus declaraciones porque he leído a lo menos dos columnas suyas criticando este proyecto cuando era presidente de Salmón Chile.
- ¿Hay unanimidad dentro del Retail Financiero?
- Sí.