Un duro cuestionamiento al actuar del ministerio del Medio Ambiente, al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) levantó la defensa de Inmobiliaria Pocuro, a raíz de la paralización de las obras de las etapas 3 y 4 del proyecto habitacional "Loteo Llacolén" en la comuna de Coronel, Región del Biobío.
El conflicto apunta a las definiciones técnicas y jurídicas con las que la SMA está aplicando la Ley de Humedales Urbanos, una situación que, según acusa la empresa, deriva en el entorpecimiento de un proyecto inmobiliario que ya cuentan con sus permisos en regla.
Aplicación de conceptos
El proyecto Loteo Llacolén, que cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada en 2019 (previo a la Ley de Humedales), se emplaza en un terreno de la intercomuna que, según argumenta la empresa, el propio Plan Regulador de Coronel define como zona urbana de riesgo por potencial inundación.
Para mitigar este riesgo, la RCA estableció como método constructivo remover la tierra de “mala calidad” y elevar el terreno mediante rellenos compactados de más de dos metros. Durante las excavaciones iniciadas en septiembre de 2025 para la cuarta etapa, el afloramiento natural de la napa freática, que es superficial en la zona, generó espejos de agua temporales.
Esta situación motivó una denuncia por parte de la Municipalidad de Coronel y la posterior intervención de la SMA, que ordenó la paralización de las obras, exigiendo nuevos estudios bajo la premisa de que se estaba rellenando un humedal.
De acuerdo con el abogado de Inmobiliaria Pocuro, Gonzalo Cubillos, la SMA está cometiendo un error técnico y jurídico grave al confundir el agua subterránea expuesta por una excavación autorizada, con un humedal. "No se trata de una superficie cubierta de agua, se trata de una napa que aflora y después desciende naturalmente”, explicó el representante, agregando que en las etapas 1 y 2 del proyecto se ejecutaron exactamente bajo el mismo procedimiento, sin inconvenientes.
Alteración de inventarios
La crítica más dura apunta a las maniobras administrativas que habrían utilizado los organismos ambientales en el marco de la judicialización del caso, el cual se tramita actualmente en la Corte de Apelaciones de Concepción y en el Tribunal Ambiental de Valdivia.
Gonzalo Cubillos acusa una alteración de la información oficial. Según argumentan, el supuesto humedal de Llacolén no fue detectado en la evaluación ambiental de 2018-2019, ni estaba declarado o incorporado en el Inventario Nacional de Humedales hasta fines de 2025.
"A nosotros nos parece de la máxima gravedad que se modifique el Inventario Nacional de Humedales para hacer frente a un conflicto judicial, porque además entrega información tergiversada, errónea e incompleta a los Tribunales de Justicia", sentenció el abogado.
A juicio del representante legal, existe un mal entendimiento de la ley, asumiendo erróneamente que cualquier superficie con agua, incluso artificial o temporal, amerita la detención de un proyecto. "Aquí hay un desconocimiento de las aprobaciones con las que contamos desde 2019 (...) hay una intención de entorpecer al sector inmobiliario", advirtió.
El caso Altos del Mar
Para ejemplificar lo que considera una "obstinación" por parte del ministerio del Medio Ambiente, el abogado citó un caso reciente en la Región de Valparaíso que grafica cómo la actual aplicación normativa choca directamente con el desarrollo social.
Se trata del proyecto habitacional "Altos del Mar" en Viña del Mar, destinado a 160 familias vulnerables (algunas de ellas afectadas por los megaincendios de 2024) que esperaron 20 años por una solución definitiva. Durante el desarrollo en el sector de Villa Dulce, la presión de agrupaciones vecinales derivó en que el Ministerio incluyera el inicio de una quebrada dentro de una declaratoria de humedal. Ese paño de apenas 100 metros cuadrados (el 1,7% de la superficie total del polígono) hacía técnicamente inviable el acceso y la ejecución de los edificios sociales.
Pese a las solicitudes de exclusión de esa pequeña fracción, que incluso tuvo el respaldo del Ministerio de Vivienda, Medio Ambiente se negó. La inmobiliaria debió recurrir al Tribunal Ambiental y posteriormente a la Corte Suprema, instancias que finalmente fallaron a favor del proyecto habitacional, argumentando que el Ministerio había omitido criterios básicos de sustentabilidad y equidad social.
"El Ministerio de Medio Ambiente ha olvidado que su propósito es el desarrollo sustentable, que concilia la protección del medio ambiente, la equidad social y el desarrollo económico. Creen que tienen una sola función", sentenció el abogado.
De cara al futuro, desde la defensa de la inmobiliaria urgen a la próxima administración a realizar una corrección profunda a nivel reglamentario. El objetivo, señaló Cubillos, es ajustar los instructivos del SEA y las prácticas fiscalizadoras de la SMA para dar certeza jurídica a proyectos que, como en el caso de Loteo Llacolén, son vitales para mitigar el severo déficit habitacional del país.