Elisa Walker analiza la campaña presidencial y el avance del matrimonio igualitario en el Congreso
La consejera del Colegio de Abogados desmenuza los debates políticos que marcaron la semana.
Por: Elisa Walker
Publicado: Domingo 17 de octubre de 2021 a las 04:00 hrs.
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Trapos sucios en elecciones presidenciales
Ya nos vamos acercando a la fecha de la primera vuelta presidencial y el efecto natural es que todos los temas giren en torno a las elecciones y los candidatos. Claramente, esta fue la semana en que se ve el lado oscuro de las campañas y se intenta sacar los trapos sucios de quienes compiten por el sillón presidencial.
En el caso Sichel, fue fuertemente cuestionado por el financiamiento de su primera campaña a diputado; y Kast tuvo que salir a dar explicaciones sobre sus inversiones en Panamá que buscan no pagar impuestos en Chile.
En cuanto a Boric, se le inventan y circulan falsas fichas médicas (el lado oscuro de las campañas) para cuestionar su capacidad de dirigir el país. En el caso de Provoste, primero le reclamaron que tiene cuentas APV (cuesta entender cómo eso sería un “trapo sucio”) y ahora tratan de publicar temas sobre su marido a falta de problemas que denunciar sobre su persona.
Matrimonio igualitario
Esta semana se aprobó en la Comisión de Constitución de la Cámara el proyecto de ley de matrimonio igualitario. ¿Se acuerda de la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos? Por ley, algunos hijos podían tener derechos en Chile (los legítimos), y otros no (los ilegítimos).
Lo mismo sucede en la actualidad con la Comunidad LGTBI+. No existe ley expresa que permita a sus hijos tener derechos por ambos padres o madres (por suerte los tribunales han dado algún tipo de protección a través de la jurisprudencia).
Estamos hablando de derechos tan básicos como tener a los hijos como carga en el sistema de salud, el de dar una autorización para que tu hijo o hija se someta a una intervención médica, el derecho al cuidado personal en caso de separación o que los hijos puedan ser herederos en caso de fallecimiento.
El proyecto de ley de matrimonio igualitario no solo protege a la pareja que se casa, sino que permitirá que existan derechos de filiación que tenga su origen en el vínculo matrimonial de una pareja homosexual, poniendo fin a años de discriminación.
Estado de excepción en la macrozona sur
Esta semana el gobierno declaró estado de excepción en la macrozona sur fundado en la alteración del orden público. Existen distintas opiniones sobre lo adecuado o no de la medida, pero un aspecto interesante de la misma son los límites de las potestades de las autoridades.
Esto lo comento porque la semana pasada la Contraloría representó un decreto del Ministerio del Interior que pretendía que las Fuerzas Armadas cumplieran estas funciones sin la declaración de estado de excepción, autorizando la colaboración de las Fuerzas Armadas con las autoridades civiles para apoyar actividades de prevención del porte, tenencia y tráfico ilícito de armas de fuego, la criminalidad organizada, el narcotráfico y el terrorismo.
La Contraloría señaló que, de acuerdo con la Constitución, son las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, integradas por Carabineros e Investigaciones, quienes tienen las atribuciones de colaborar en las labores antes descritas. Por lo mismo, no se puede vía decreto extender dichas atribuciones a las Fuerzas Armadas.
El Presidente de la República no puede extralimitarse de sus funciones a través del Ministerio del Interior al pretender extender a las Fuerzas Armadas facultades que la Constitución no les otorga.
El reconocer y respetar los límites de las funciones o atribuciones para el ejercicio de ciertos cargos es fundamental en un orden democrático e institucional. Por lo mismo, es sumamente valorable, por ejemplo, el trabajo que ha estado desarrollando la Convención Constitucional, en particular ante el caso de Rojas Vade y el plebiscito dirimente.
En ambos casos, la Convención fue clara en señalar cuáles son los límites de sus potestades y que existen temas que requieren de una reforma constitucional aprobada por el Congreso Nacional para ser regulados e implementados: regular la renuncia de un constituyente y su reemplazo, y regular un plebiscito dirimente para resolver.
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