Esta semana, Pilar Sordo estuvo en Comodoro Rivadavia. Después pasó por Trelew y Viedma. La psicóloga chilena recorrió Argentina con su gira de charlas y talleres. Pero esa agenda, hoy es origen de un conflicto que la enfrenta con RGF Productions LLC, una productora registrada en Miami y dirigida por Rodolfo González Friedmann, empresario paraguayo dedicado a la gestión de talentos.
Según una demanda en Asunción, el 11 de noviembre de 2024 Sordo firmó con RGF un contrato de representación y cesión de derechos de imagen. El acuerdo le otorgaba a la productora la exclusividad para organizar sus conferencias, talleres y presentaciones. A cambio, reza la acción judicial, Sordo recibiría honorarios fijos por evento, con una proyección anual cercana a los US$ 340.000. Pero 14 meses después el vínculo se rompió.
El 14 de enero de 2026, Sordo comunicó su voluntad de rescindir el contrato a partir del 15 de febrero. En el documento, la psicóloga esgrimió cinco razones: un trato inconveniente de parte del representante hacia sus clientes y equipo; conflictos personales que perturbaban su tranquilidad y capacidad profesional; la falta de presentación oportuna del calendario anual de eventos; descoordinación en materias editoriales, comerciales y logísticas; y lo que calificó como una “indeterminación grave del precio del servicio”.
González Friedmann rechazó las acusaciones por escrito el 19 de enero. Tres días después, el 22 de enero, presentó una demanda ordinaria por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios ante un juzgado civil de Asunción.
En el escrito, la productora calificó las justificaciones de Sordo como “total y absolutamente" falsas. Para demostrarlo, adjuntó un calendario de eventos ya planificado para 2026, con giras por México, Estados Unidos, Argentina, Uruguay, Colombia, Costa Rica, Panamá, Chile y Paraguay.
El expediente incluye también capturas de pantalla de WhatsApp. Según los mensajes incorporados a la demanda, hasta pocos días antes de la carta de rescisión, los equipos de ambas partes se comunicaban con naturalidad y coordinaban la agenda de conferencias.
De acuerdo a los documentos recabados por DF MAS, el juez de primera instancia acogió la solicitud cautelar de RGF y decretó una “prohibición de innovar”. En términos concretos, la resolución ordena que el contrato se mantenga vigente mientras dure el juicio y prohíbe a Sordo realizar cualquier actividad prevista en el acuerdo -conferencias, talleres, eventos, gestión editorial- a través de cualquier persona o empresa que no sea RGF Productions. De hecho, en las redes de esta empresa siguen publicitando los eventos de la conferencista chilena.
Para que la medida tuviera efecto sobre Sordo, el tribunal paraguayo libró un exhorto internacional que fue remitido a la Corte Suprema chilena en marzo de 2026. El trámite pide notificar formalmente a dos personas: a la propia Pilar Sordo y a Adriana Castillo González, encargada de su management en Chile.
Lo que ocurra con ese exhorto puede definir el curso del conflicto. Mientras tanto, Sordo sigue llenando auditorios en Argentina.