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REGÍSTRATE AQUÍModificación de Hacienda abre el debate respecto a la amplitud de la norma.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 5 de julio de 2019 a las 04:00 hrs.
Uno de los temas que más polémica ha generado entre los parlamentarios en lo que va del debate tributario, es la nueva definición que propuso Hacienda para los gastos necesarios para la renta -o sea, desembolsos que pueden ser descontados de impuestos- ampliándolos a los del giro de la empresa o que sean “ineludibles”.
En el marco de las indicaciones al proyecto ingresadas el miércoles, la cartera modificó dicho criterio, asegurando que los gastos deducibles serán “aquellos que tengan aptitud de generar renta en el mismo o futuros ejercicios, y se encuentren asociados al interés, desarrollo o mantención del giro del negocio (...) siempre que se acrediten o justifiquen en forma fehaciente ante el Servicio de Impuestos Internos”.
El ajuste abre el debate entre los abogados tributaristas.
El socio de Bustos Tax & Legal, Claudio Bustos, ve como “relevante la indicación”, puesto que en la práctica es frecuente observar que el SII aplica un criterio restrictivo en esta materia, “exigiendo que la vinculación entre gastos e ingresos se produzca en el mismo ejercicio”.
“Al margen de lo anterior, me parece que la nueva norma propuesta es más escueta que la primera, y deja afuera elementos de la norma del proyecto original que eran importantes, a mi juicio, para definir la necesariedad del gasto”, complementa.
El director de Tax Advisory de Puente Sur, Ignacio Gepp, asegura que uno de los “precios” que tuvo que pagar el Gobierno en la negociación de las indicaciones fue justamente lo relativo a los gastos necesarios para la renta: “La pregunta es si después de tantos años de jurisprudencia judicial y administrativa, vamos a poder sacarnos de encima la connotación de imprescindible, obligatorio o inevitable”.
El socio de Matthei Abogados, Roger Matthei, considera que la “amplitud” de la redacción podría abrir un “abanico” de posibilidades para los contribuyentes, “pues la norma permitirá deducir aquellos gastos voluntarios, extraordinarios, directos o indirectos, que, a mi juicio, se debieran acotar y precisar”.
El socio de VLA Abogados, Christian Aste, manifiesta que es “más razonable” lo que propuso el Ejecutivo en el proyecto original de reforma tributaria, ya que “era más ajustado a la realidad de los negocios”.
“Pero, al final, se contribuye a que las empresas puedan deducir como gasto no solo aquellas erogaciones que hagan respecto a un mismo ejercicio, sino también en la renta hacia futuro, lo que es una problemática porque hay gastos que se realizan en ejercicios futuros. Ese es un avance”, destaca.
En régimen, Hacienda estima que los cambios le restarán al Fisco US$ 39 millones por año.
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