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REGÍSTRATE AQUÍEl nuevo sistema ahora será votado en sala del Senado y actuará estabilizando los precios expresados en pesos y no en dólares.
Por: Carlos Alonso M.
Publicado: Martes 1 de julio de 2014 a las 17:23 hrs.
La comisión de Hacienda del Senado aprobó en forma unánime el proyecto de ley que reemplaza al Sipco y que se denomina "Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles" (Mepco).
"Esperamos que la sala del Senado lo vea cuanto antes para que sea ley de la República y se este aplicando lo antes posibible... Esperamos que entre hoy y mañana se apruebe el Mepco. Hay unanimidad en la aprobación y realizada las materias reglamentarias, que tomara un par de semanas, estamos en condiciones de que el Mepco esté en vigencia en julio", dijo el ministro de Hacienda, Alberto Arenas.
El nuevo sistema preserva el actual nivel del Impuesto Específico a los Combustibles (IEC), estimándolo como un buen instrumento de política pública porque se hace cargo de las externalidades negativas del consumo de combustibles para uso vehicular; es un impuesto progresivo (los quintiles de más ingresos son los que más gastan); constituye una fuente importante de ingresos fiscales (la recaudación del IEC de la gasolina y el diesel en el año 2013 representó cerca del 5% de la recaudación tributaria total, con US$ 2.360 millones de dólares, cerca de un 0,9% del PIB; y porque en relación a un conjunto de países, Chile no presenta impuestos específicos a los combustibles elevados.
El sistema seguirá operando sobre la base de incrementos o rebajas al IEC, pero con miras a garantizar un mayor efecto estabilizador gracias a la combinación de nuevos elementos:
1. Reducción del ancho de la banda en torno a un valor de referencia de +/- 12,5% (+/-10 transitoriamente hasta el 30 de junio de 2014) a +/-5%, lo que permitirá atenuar de manera más efectiva el impacto de importantes fluctuaciones en los precios de los combustibles.
2. Ampliación del número de semanas que pueden entrar en el cálculo de los precios de paridad de referencia o intermedia (cuatro como mínimo y 104 como máximo).
3. Actuará estabilizando los precios expresados en pesos y no en dólares.