El aumento de las penas de privación de libertad y de multas en los delitos de cohecho, soborno y tráfico de influencias, además de la tipificación del delito de corrupción entre privados son algunos de los ejes del proyecto de ley que modifica el Codigo Penal en materia de corrupción, presentado ayer por la presidenta Michelle Bachelet y que se suma a otro que sanciona los conflictos de intereses.
La primera de estas iniciativas, enmarcadas en la agenda para la transparencia y la probidad, también establece un incremento de las penas del delito sobre negociación incompatible, incorporando el caso del administrador del patrimonio de una persona que se encuentre impedida de controlar su administración.
En lo que respecta a la incorporación del delito de corrupción entre particulares, se sancionaría al director, gerente, administrador o ejecutivo principal de una empresa o entidad que, por sí o a través de otra persona, solicita o acepta recibir un beneficio económico en interés o provecho propio o de un tercero, para favorecer o por haber favorecido a otro.
En cuanto a la iniciativa que previene y sanciona los conflictos de interes, se establece la inhabilidad en el ejercicio de la función pública de aquellas personas, que por ejemplo, tienen derechos en una sociedad con la cual la entidad de la administración pública tenga contratos o cauciones por más de 200 UTM, o litigios pendientes, además se eliminan el umbral del 10% de participación en la sociedad para que opere la inhabilidad. Asimismo se incorporan otras tres inhabilidades: para aquellas personas que formen parte del registro de lobistas o que lo hubieran realizado ante el ente al que pretenden incorporarse, dentro de los 12 meses anteriores; aquellas personas que se desempeñan en el sector privado como directores o gerentes de entidades particulares sujetas a su control, por un plazo de seis meses y quienes han sido sancionadas por infracción a las normas sobre conflictos de intereses post-empleo, que el mismo proyecto de ley introduce, dentro de los cinco años posteriores a la infracción.
Junto a regular la incompatibilidades también se establece la figura de la protección del funcionario que denuncia irregularidades.