US$ 3.400 millones se ahorraría el Fisco con el FES, según estimaciones de Hacienda.
La fórmula establecida por el Gobierno para contabilizar el financiamiento del proyecto de ley que sustituye el Crédito con Aval del Estado (CAE) por un nuevo sistema público de Financiamiento de la Educación Superior (FES) fue objeto de observaciones por parte de la Contraloría General de la República, que mediante un dictamen sostuvo que dicho flujo no debe ser contabilizado como un activo financiero para el Estado, sino que potencialmente como gasto público.
Esto implica un fuerte golpe para una de las principales reformas del Gobierno del Presidente Gabriel Boric, y que ha sido delineado como una de las prioridades para los últimos cinco meses de gestión. Hoy, el texto está en segundo trámite en el Senado.
Fue el diputado Miguel Mellado (exRN) quien solicitó un pronunciamiento del ente contralor respecto a la naturaleza contable del financiamiento del FES, tomando en cuenta que el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) también había levantado alertas sobre la forma de contabilizar en las arcas fiscales este nuevo instrumento.
El dictamen, firmado por la jefa de la División de Contabilidad de Finanzas Públicas de Contraloría, María Soledad Frindt, señala que el sistema vigente -el CAE- es registrado contablemente como un activo financiero, de acuerdo con las instrucciones emitidas por este organismo contralor. O sea, que es un derecho adquirido.
Sin embargo, el texto añade que los recursos entregados por el Estado, a través del nuevo sistema FES, no podrían ser considerados contablemente como un activo financiero: “Se estima que los recursos que se entregarían no cumplen con las condiciones para ser reconocidos como activos al momento del otorgamiento de los beneficios, pues no se tiene un derecho adquirido”.
Así, el documento argumenta que “solo en el momento en que se determina el monto a cobrar, en base a los ingresos obtenidos por el beneficiario, se podrá contabilizar un activo por la cuenta por cobrar respectiva”.
El proyecto establece que los beneficiarios del nuevo sistema tendrán que contribuir al Fisco por los beneficios entregados, lo que se materializará a partir de un año después de haber egresado de su carrera. Dicha contribución tendrá una duración máxima de 20 años para el beneficiario.
Mellado valoró la resolución de la Contraloría, señalando que desde el inicio de la tramitación de la reforma que impulsa el Gobierno “planteamos serias dudas respecto del informe financiero del FES, que fueron refrendadas por el CFA. Una de ellas era considerar el gasto en aranceles como inversión, y que así no se reflejara en el Presupuesto”.
“Hasta que no se empiece a cobrar y se determine con precisión el monto a pagar, el FES es más gasto público, que no tenemos cómo solventar”, interpreta el legislador.
Sube el costo
Una de las implicancias directas del dictamen del órgano de control es que el Gobierno debería contabilizar los aportes del FES a los beneficiarios ya no como un activo financiero que está bajo la línea (o sea, que no afecta el balance fiscal, pero sí la sostenibilidad de la deuda pública), sino como un gasto público.
Esta es la tesis del académico de la Universidad de los Andes y exdirector de Presupuestos, Matías Acevedo, para quien a 2030 esto aumentaría el nivel de gasto público en US$ 5.000 millones.
El economista dice que en junio de este año había señalado en una presentación al CFA que tenía dudas que el FES fuera un activo financiero y que se clasificara bajo la línea, “y que más bien, tenía todas las características de ser un gasto”.
“La Contraloría en su dictamen ha resuelto que efectivamente el FES, tal como está en el proyecto, debe contabilizarse como gasto, lo cual hace que el proyecto tal como está diseñado no sea viable”, señaló Acevedo.
Pasadas las 20:30 de la noche, el ministro de Hacienda, Nicolás Grau, abordó el dictamen y sostuvo que el Ejecutivo tiene una “interpretación distinta” del órgano de control y anunció que se presentará una reposición al documento.
Trascendió desde el entorno del ente contralor que no cuestionan en general el proyecto y que solo les consultaron si dicho financiamiento califica como activo financiero ante lo cual explicitaron que -conforme a la normativa contable vigente- no reúne las características para ser considerado como tal, sino que debiera considerarse como activo contingente.
La diferencia, explican conocedores del tema, radica en que para ser considerado activo financiero tiene que existir certeza respecto de cobros de flujos de dineros futuros y, a diferencia del CAE, no existe una obligación concreta, pues no hay institución bancaria de por medio ni tasa de interés.