Presupuesto 2026: oficialismo manda al TC norma clave promovida por el Gobierno y la oposición
Se trata de una indicación parlamentaria que restringe la aplicación de la definición de sitios prioritarios por parte del Servicio de Biodiversidad y Área Protegidas (SBAP).
Por: Sebastian Valdenegro
Publicado: Miércoles 3 de diciembre de 2025 a las 04:00 hrs.
Foto: Ministerio de Hacienda
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Hace una semana, la administración Boric festejaba un hito clave: luego de un acuerdo express en la comisión mixta del Congreso, logró despachar a ley el Presupuesto 2026.
La aprobación de la normativa implicó una serie de compromisos de parte del Gobierno en materias tan diversas como educación, salud, impuestos, vivienda y medio ambiente. En este último ítem, justamente, parlamentarios oficialistas quedaron con un sabor amargo, ya que el texto se aprobó con un artículo que generó rechazo en las filas del Frente Amplio y el Socialismo Democrático.
Se trata del número 52, impulsado por el diputado independiente cercano a Republicanos, Miguel Mellado, y que se relaciona con un tema controversial: los denominados “sitios prioritarios”, en el marco de la aplicación de la ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP).
Esto se refiere a la determinación de 99 sitios prioritarios a proteger a lo largo de Chile, los cuales -según advirtieron gremios empresariales- pondrían en jaque las actividades que se desarrollan en la actualidad en dichas áreas.
La impugnación fue suscrita por senadores como José Miguel Insulza, Ricardo Lagos Weber, Daniel Núñez, Paulina Vodanovic y Alfonso de Urresti, entre otros.
Por lo mismo, el Ministerio de Medio Ambiente anunció a mediados de noviembre que pondría en pausa la definición a la espera del término de un proceso de consulta indígena.
El Presupuesto despachado del Congreso fue más allá y aprobó el denominado artículo 52, que establece que durante 2026 la dictación del decreto supremo al que hace referencia el artículo octavo transitorio de la ley que crea el SBAP y el Sistema Nacional de Áreas protegidas requerirá previamente la dictación del reglamento respectivo, el que hoy está en consulta indígena.
Esto desató la furia de un grupo de senadores oficialistas, quienes presentaron un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para impugnar dicha norma y eliminarla del erario de la nación.
Los argumentos
Según el texto suscrito por 14 senadores -en su mayoría oficialistas-, lo dispuesto en la Ley de Presupuestos introduce una condición “adicional” al procedimiento fijado por el legislador en la normativa permanente al aprobar la ley que crea el SBAP.
Asimismo, plantearon que la enmienda invade la potestad exclusiva del Presidente de la República de crear nuevos servicios públicos; además de que el artículo no se relaciona con las ideas matrices del Presupuesto.
La indicación de Mellado fue aprobada en primer trámite en la Cámara de Diputados, pero en el segundo trámite no logró ser rechazada en el Senado. El Gobierno hizo reserva de constitucionalidad respecto al artículo, lo que fue desoído por los legisladores.
La norma impugnada es similar a lo incluido por el Gobierno en el documento de compromisos para despachar el erario: “Se ratifica que la definición de sitios prioritarios del octavo transitorio se postergará hasta la aprobación del reglamento respectivo, actualmente en proceso de consulta indígena”.
Hacienda se abre a cambios y destraba contribuciones
Una primera valla superó el proyecto de reforma tributaria del Gobierno que busca realizar modificaciones para acotar el alza de contribuciones de los adultos mayores vulnerables, así como postergar el reavalúo de propiedades habitacionales desde 2026 a 2027.
Este martes, la comisión de Hacienda de la Cámara aprobó la iniciativa del Ejecutivo, luego de que el ministro del ramo, Nicolás Grau, comprometiera nuevos ajustes a la normativa.
El texto original establecía que cuando una persona mayor esté en el tramo exento de ingresos (hasta UTA 13,5 o $ 11.120.814 anuales), pero su vivienda supere el límite de avalúo legal, el monto de su contribución no podrá exceder el 5% de sus ingresos. Y quienes estén en el segundo tramo pagarán el menor valor entre el 50% de la contribución legal y el 5% de sus ingresos. Esto beneficiaría a 75.851 adultos mayores, lo que permitiría que el 67% de quienes pagan impuesto territorial accedan al beneficio tributario.
Este martes, Hacienda lo amplió al eliminar la restricción cuando exista copropiedad distinta al cónyuge y también en caso de copropiedad con hijos menores de 24 años cuando sean estudiantes o no generen ingresos. Esto sube a 100 mil los favorecidos.
El otro cambio al que accedió Hacienda fue acotar el aumento del aporte de Las Condes y Lo Barnecha al Fondo Común Municipal (FCM). En la primera se sube aporte de 65% a 70% de lo recaudado por contribuciones (era 80%) y sigue en 65% para las patentes comerciales (70% antes); mientras que en Lo Barnechea se iguala con Vitacura, Providencia y Santiago a 65% en contribuciones y 55% para patentes (65% previo).
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