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Publicado: Martes 17 de marzo de 2015 a las 04:00 hrs.
El Tribunal Constitucional (TC) acogió hace algunos días el recurso que a fines de febrero presentó el otrora presidente de La Polar, Pablo Alcalde, para requerir la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la norma contenida en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en el proceso judicial pendiente.
Dicha causa corresponde a la apelación y casación que el ex ejecutivo presentó el 15 de enero pasado ante la Corte de Apelaciones por la forma en la que se llegó a la sentencia definitiva pronunciada por el Juzgado Civil, que rechazó la presentación, que corresponde a una de la serie de acciones judiciales que la defensa de Alcalde, que es liderada por el abogado Jorge Bofill, emprendió para impugnar la multa cercana al millón de dólares que la Superintendencia de Valores y Seguros le impuso por infracciones a la Ley de Mercado de Valores, las que incluso incluyeron un paso por la Corte Suprema.
La resolución del Tribunal Constitucional, que fue dictada por el presidente de la Segunda Sala del organismo, Carlos Carmona Santander, y los ministros Iván Aróstica Maldonado y María Luisa Brahm Barril, implicó en la práctica la suspensión del último proceso emprendido, es decir, la apelación ante el tribunal de alzada capitalino.
El TC ordenó también a la Corte de Apelaciones.
La sanción que dio origen a esta seguidilla de acciones legales por parte de Alcalde data del 9 de marzo de 2012, cuando quien también se desempeñó como gerente general del retailer y otros ex ejecutivos y directores de la compañía fueron sancionados por la SVS.
El origen de la mencionada multa, que aún no ha sido cancelada, fue el escándalo por las repactaciones unilaterales en créditos de La Polar.
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