El legado de cambios regulatorios del “negocio del siglo”
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El caso Chispas cambió para siempre el mercado financiero. Luego de que la Superintendencia de Valores y Seguros, liderada entonces por Daniel Yarur, empezara un proceso sancionatorio que terminó en la Corte Suprema, la turbulencia provocó una serie de modificaciones legales al mercado de capitales, que apuntaron a mejorar su transparencia y debido funcionamiento.
Aquí analizamos los principales cambios normativos que tuvieron su origen en el que se conoció como "el negocio del siglo". Los abogados Hugo Caneo, director del Centro de Gobiernos Corporativos de la Universidad de Chile, y Jorge Delpiano, socio del estudio Guerrero Olivos, nos aportaron con su análisis y reflexión.
Nuevas reglas para las compras: la Ley de OPA
En el centro del caso por el acuerdo entre los "gestores clave" y Endesa España estaba la asimetría entre el beneficio que obtuvieron estos inversionistas en desmedro de los otros accionistas, pese a no tener la mayoría de la propiedad. Los esfuerzos para remediar esto "se pusieron en una serie de nuevos criterios en temas como compartir la prima por control entre todos los accionistas", dice Hugo Caneo, director del Centro de Gobiernos Corporativos de la U. de Chile, que se desempeñó como jefe del Área de Cumplimiento de Mercado de la SVS hasta 2014.
Esto desembocó en la llamada Ley de OPA (Oferta Pública de Adquisición de Acciones) del año 2000, con el objetivo de mejorar y perfeccionar la regulación sobre tomas de control de las sociedades anónimas que hacen oferta pública de sus acciones: obligó a que quien desee adquirir dos tercios o más de las acciones de una compañía debe llevar a cabo una OPA, lo que equilibra el beneficio que todos los inversionistas obtienen a raíz de este tipo de operaciones. Esta regla fue una consecuencia directa del caso Chispas, comenta Caneo.
Cambios a los gobiernos corporativos
El escándalo en torno al Caso Chispas puso la luz sobre los gobiernos corporativos de las compañías, ya que fue en el seno de la administración y el directorio de Enersis que se realizó el acuerdo. Y eso trajo cambios también.
"En materia de gobiernos corporativos lo que hizo fue aumentar la responsabilidad de los directores, entrar a regular más", comenta Jorge Delpiano, socio del estudio Guerrero Olivos.
Antes del caso había normas sobre los deberes de los directores de las compañías, pero estaban implícitos en interpretaciones de la SVS, comenta el abogado, que se desempeñó como fiscal del regulador financiero entre 1986 y 1987.
En ese contexto se promulgó la Ley 20.382, que estableció la regulación sobre el flujo de información al mercado, rol del directorio y de la SVS, se perfeccionó las normas relacionadas a la información privilegiada y sumó la figura del director independiente como una forma de resguardar los intereses de los inversionistas minoritarios, entre otras medidas.
En la Ley de Sociedades Anónimas también se introdujo un artículo relacionado a la transparencia de la información para evitar asimetrías o usos abusivos de información privilegiada, indica Delpiano.
Institucionales adquieren un rol protagónico
No es un cambio regulatorio en sí mismo, pero expertos en regulación del mercado de capitales destacan que el Caso Chispas visibilizó a los inversionistas institucionales, en particular las AFP, como actores relevantes.
Esto en un contexto en que las administradoras de fondos de pensiones habían pasado a ser dueñas de un 33% de Chilectra después de su privatización, en 1987. A raíz del caso, dice Hugo Caneo, "se marca la mayor participación de inversionistas institucionales en el mundo corporativo".
Este camino, explica el jurista, dio paso a una mayor relevancia de los institucionales como un segmento que aboga por mejores prácticas de gobiernos corporativos. El rol de las AFP en los años que siguieron al caso siguió siendo protagónico, haciendo eco en otras situaciones turbulentas del mercado nacional, como el Caso Cascadas, el Caso La Polar y el cuestionado aumento de capital de Enersis en 2012.
Esto ha consagrado a las administradoras de fondos de pensiones como los actores institucionales más relevantes del mercado local.
Más atención a los conflictos de interés
En materia de conflictos de interés de los miembros del directorio de las compañías, se introdujo una modificación a la Ley 18.046, la Ley de Sociedades Anónimas: la presunción de derecho sobre cuándo existe "interés" por parte de los directores, explica Jorge Delpiano, socio de Guerrero Olivos.
Esto luego de que el Caso Chispas mostrara un conflicto entre sus ejecutivos, que además de tener altos cargos tenían un esquema de control sobre Enersis.
Entre otras modificaciones a las leyes que rigen el mercado financiero estuvo la de la Ley 20.382, que en su artículo 100 perfeccionó la regulación de operaciones con partes relacionadas y conflictos de interés.
"Antes había una regulación sobre el manejo de los conflictos de interés, pero era bastante baja. Lo que se hizo ahí fue darle una mayor regulación y más responsabilidad a los directores", indica el abogado de Guerrero Olivos, quien también fue asesor de la primera OPA después de la promulgación de la Ley.
La normativa de OPA también buscó tipificar conductas ilícitas que no tenían una sanción penal y que, por su gravedad, requieren ser elevadas a la categoría de ilícitos penales, acota el jurista.