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Publicado: Miércoles 13 de enero de 2016 a las 04:00 hrs.
Los informes en derecho que encargó la ministra del Trabajo, Ximena Rincón, a los abogados Jaime Jara, de la Universidad de Chile, y Matías Guiloff y Carlos Pizarro, de la Universidad Diego Portales, respecto de la fusión Cuprum-Argentum, le darían la razón a la autoridad: el proceso autorizado por la Superintendencia de Pensiones habría incurrido en irregularidades e infracciones al marco jurídico.
En efecto, el análisis de Jara acusa la existencia de “trabas jurídicas” en el proceso e infracciones al principio del giro único u objeto exclusivo.
El abogado dice que “no se pudo autorizar la creación de la AFP Argentum bajo condición suspensiva”.
Agrega, además, que “tanto los actos como los procesos empleados por la Superintendencia en el marco de esta operación, han incurrido en el vicio de desviación de fin”.
El otro informe en derecho señala que la resolución que creó AFP Argentum adolecía de un vicio de nulidad, debido a que la Superintendencia autorizó su existencia dando por acreditados supuestos fácticos inexistentes en el momento de su creación, pero que se le atribuyeron porque sí existían en Cuprum. Sin embargo, la condición suspensiva que puso la SP, de que se fusionaran en un plazo de 60 días, podría haber subsanado este problema.
Sin embargo, dicen Guiloff y Pizarro, esto no existe ni se encuentra estipulado en ninguna de las disposiciones legales o reglamentarias atingentes al tema. “Al imponer una condición, en un acto administrativo que debió ser puro y simple, la SP se está autoinvistiendo de potestades públicas de las que carece, por lo que se estaría vulnerando el principio de legalidad administrativa”, sostienen.
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