Un “efecto contraproducente” es el que la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) apuntó que tendría la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) –anunciada el pasado 11 de junio– de suspender el concurso de operación del casino de Viña del Mar, cuya audiencia de presentación de ofertas estaba fijada para el próximo 11 de agosto.
La movida del Tribunal se originó a raíz de una consulta presentada a inicios de junio por la operadora controlada por la familia Imschenetzky, Marina del Sol (MDS), en la que manifestó su preocupación por eventuales riesgos anticompetitivos en los concursos de cuatro casinos municipales, entre ellos, el de Viña del Mar.
Según alegó MDS, las respectivas bases técnicas de los procesos contendrían una serie de exigencias que “restringen la participación de entrantes y confieren ventajas injustificadas a operadores incumbentes”, es decir, los que operan actualmente.
En el caso del casino ubicado en la Ciudad Jardín, a la fecha este es operado por Enjoy, firma que –cabe recordar– en 2025 presentó su renuncia al respectivo permiso y se hará efectiva en 2028.
Desde la vereda contraria, en respuesta a la resolución, la SCJ presentó un documento argumentando que no existían suficientes antecedentes para presumir que el proceso afectaría la libre competencia; y, por tanto, que la medida de suspensión en el caso de Viña del Mar carecería de “proporcionalidad e idoneidad”.
Finalmente, el pasado 2 de julio el Tribunal acogió los argumentos y resolvió alzar su medida cautelar, dejando, en la práctica, el camino libre para que el proceso en Viña continúe con normalidad.
"Una premisa equivocada"
¿Qué rebatió la SCJ? En su consulta, en el caso de Viña del Mar, MDS presentó como principal inquietud el breve periodo (tres meses) que los nuevos operadores tendrían para instalarse y comenzar a funcionar en el lugar.
Esto, argumentó la operadora, “constituye un ejercicio de discrecionalidad que, en la práctica, excluye de facto a todo operador que no sea el incumbente o que no haya adquirido previamente sus activos”.
Al respecto, la Super aclaró en que dicho periodo de tres meses comenzaría a correr "desde que el inmueble se ponga a disposición del adjudicatario y no desde la adjudicación como da a entender equivocadamente el consultante". En consecuencia, apuntó que la operadora construyó “toda su consulta y solicitud de suspensión bajo una premisa equivocada”.
En cuanto a plazos, recordó que la presentación de las ofertas está fijada para el próximo 11 de agosto, y que el otorgamiento –en el caso de Viña del Mar–, “debería ocurrir como máximo el 4 de abril de 2027”.
Es decir, considerando el término de vigencia del permiso de Enjoy –pactado para el próximo 13 de septiembre de 2028–, el ganador o nuevo operador contaría con 17 meses en total para instalarse, “margen suficiente de preparación previa y también de instalación”, dijo la SCJ.
Perjuicio económico de 95.515 UF
Sobre el punto presentado por MDS, relativo a que el concurso “confiere ciertas ventajas competitivas a los incumbentes” (como contar con “infraestructura existente, operaciones en marcha y un conocimiento privilegiado del desempeño económico del activo y sus servicios complementarios”), la Super despejó e insistió que ni la sociedad operadora ni las entidades que forman parte de su grupo empresarial pueden participar del proceso.
De paso, aclaró que el inmueble "en el que se debe explotar el casino de juegos pertenece a la I. Municipalidad de Viña del Mar" y no a un incumbente en particular.
De dejar suspendido el proceso, el organismo señaló que se podría desincentivar la participación de postulantes en el concurso, pues “restringiría el plazo requerido para coordinar la implementación del plan de operación”.
Además, aseguró que la no puesta en marcha de un casino en el municipio generaría un perjuicio económico mensual para el Estado, “que podría cuantificarse aproximadamente en 95.515 UF (cerca de $ 3.900 millones) por cada mes sin operación del nuevo casino de juego”.
En respuesta, el TDLC declaró que, considerando todos los antecedentes y argumentos, los eventuales riesgos a la competencia serían de menor magnitud a los considerados al ordenar la suspensión en junio y, por tanto, mandató levantarla.
A través de LinkedIn, este martes la SCJ ratificó que el calendario queda así: "Se mantiene programada para el 11 de agosto de 2026 a las 10:00 horas, la audiencia de presentación de ofertas técnicas y económicas correspondiente al proceso de Viña del Mar, la que se realizará en dependencias de la SCJ (Morande #360, Santiago)".
Vale decir que el caso no está cerrado, ya que Marina del Sol aún tiene la opción de presentar un recurso de reposición ante el mismo TDLC.