La ofensiva judicial llevada adelante por la china Tianqi Lithium para evitar la materialización del acuerdo Codelco-SQM llegó a su fin. Esto, luego de que la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de noviembre de 2025, donde se rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por la asiática contra la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
La firma china es dueña del 22% de SQM y, como accionista clave, ha defendido que el acuerdo con Codelco debió haber sido aprobado por la junta extraordinaria de accionistas de la compañía y no solamente por el directorio de la minera, como determinó la CMF.
La Corte Suprema falló que el recurso no cumplía con los requisitos esenciales establecidos en el artículo 70 del DL 3.538, particularmente respecto de la “la identificación precisa de la norma supuestamente infringida”.
La sentencia sostiene que el libelo no mencionó ni desarrolló artículos clave de la ley, disposición central para evaluar si los actos cuestionados debían ser aprobados por una junta extraordinaria de accionistas.
Tras la noticia, SQM informó a través de un hecho esencial que, con el fallo, se alcanzó la “plena materialización de la fusión con Codelco tras resolución favorable de la Corte Suprema”.
La alianza entre ambas compañías estaba sujeta a una serie de condiciones, donde, una de ellas, era la resolución del recurso presentado por TLC SpA, el vehículo de inversión de Tianqi en Chile.
“A consecuencia de lo anterior, falló la Condición Resolutoria a la que se encontraba sujeta la fusión, consolidando su materialización para todos los efectos legales”, indicó SQM en el documento presentado ante la Comisión para el Mercado Financiero.