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REGÍSTRATE AQUÍPor: El Cronista, Argentina.
Publicado: Miércoles 12 de marzo de 2014 a las 05:00 hrs.
Las empresas y no sólo sus integrantes podrán ser sancionadas por cometer delitos, según el Anteproyecto de Código Penal que impulsa el oficialismo y que generó controversias en la última semana. La normativa en discusión castiga las actividades monopólicas y dispone multas que varían en función de los ingresos. Las personas jurídicas pueden ser penadas hasta por delitos de lesa humanidad.
La iniciativa compendia delitos económicos que estaban contemplados en leyes especiales,como el desabastecimiento. Crea otros tipos penales, como los delitos contra la competencia o el cohecho financiero activo (una dádiva entre privados). Y reduce sanciones a otras conductas prohibidas, como la compraventa no autorizada de divisas. Actividades como la evasión y el lavado de activos mantienen las penas actuales.
La nueva legislación dispone multas que varían en función de los ingresos y se miden en días. Reemplaza el criterio del Código Penal actual, que establece montos fijos de dinero para las penas, que suelen quedar desactualizados por la inflación y requieren de una sanción del Congreso para aggiornarlos. Así, una empresa o su CEO pagarán más que un obrero por la comisión del mismo delito. La nueva legislación crea el capítulo de Delitos contra la competencia. El artículo 168 pena con prisión de seis meses a cuatro años y una multa de entre 30 y 360 días a quien “abusando de una posición de dominio total o parcial, o mediante acciones concertadas entre competidores, impidiere o distorsionare la competencia en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico en general”. Sanciona penalmente a los monopolios, oligopolios y carteles cuando fijen precios de bienes o servicios, restrinjan la oferta o la demanda o impongan condiciones de comercialización.
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