En una nueva ronda de comunicados publicados este lunes, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ajustó uno de los puntos que había generado ruido en la implementación de las nuevas exigencias de autenticación reforzada de clientes: el fin de las tarjetas de coordenadas.
El regulador informó este lunes que modificó la norma de carácter general N°538, en la cual permitirá que ciertos grupos de clientes puedan seguir utilizando mecanismos de autenticación basados en conjuntos de datos impresos, como las tradicionales tarjetas de coordenadas.
Por lo tanto, la opción de la eliminación total de las tarjetas como lo habia propuesto la CMF en un principio, quedó sin efecto.
La decisión busca evitar que personas con mayores dificultades para adoptar mecanismos digitales más robustos queden impedidas de realizar sus operaciones financieras.
"Esta decisión tiene como objetivo facilitar la transición de los clientes financieros hacia el nuevo mecanismo de autenticación reforzada de clientes. Así, la CMF modificó la NCG N°538 permitiendo que grupos específicos de clientes, que se encuentren vigentes al momento de la aplicación de esta norma y que cumplan con criterios predefinidos, continúen utilizando tarjetas de coordenadas como mecanismo de autenticación", informó la institución.
El regulador permitirá que grupos específicos de clientes, vigentes al momento de aplicación de la norma y que cumplan con criterios predefinidos, puedan continuar usando tarjetas de coordenadas como mecanismo de autenticación.
¿Quiénes podrán seguir utilizándolas?
De acuerdo con la CMF, los criterios considerados son: “ser adulto mayor; presentar una condición de salud deteriorada o de discapacidad; tener dificultad para acceder a canales físicos de atención; o, presentar incompatibilidad o indisponibilidad de dispositivos de confianza -por ejemplo, un teléfono inteligente- con los mecanismos de autenticación que requiere la entidad”.
Además, las instituciones que opten por mantener el uso de tarjetas de coordenadas para estos grupos deberán informarlo a la CMF a más tardar el 1 de agosto de este año.
Asimismo, el regulador hizo una precisión relevante: "en las operaciones donde se utilicen tarjetas de coordenadas, la autenticación no será considerada ARC (autenticación reforzada de clientes), lo cual implica que en éstas los emisores asumirán un mayor riesgo en los casos de operaciones desconocidas".
La modificación también aclaró otros aspectos de la normativa. Entre ellos, que las transferencias electrónicas de fondos entre cuentas de un mismo cliente dentro de una misma institución estarán exceptuadas de la exigencia de ARC.
Y en el caso de los pagos recurrentes, la autenticación reforzada solo será exigida al momento en que el cliente ingrese la instrucción inicial y no en cada cobro posterior.