Este lunes la Tercera Sala de la Corte Suprema ratificó la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sobre el cese del servicio de adelantamiento de cuotas ofrecido por Transbank.
Consultado por DF, la compañía se refirió a la decisión: "Respetamos la decisión de la Corte Suprema. Sin embargo, lamentamos ser el único actor del mercado que queda sin capacidad real de ofrecer este servicio, lo que no nos permite competir en igualdad de condiciones".
La Corte Suprema rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por Transbank y concluyó que el servicio ofrecido excede su objeto social autorizado.
Además, el maximo tribunal acotó que su resolución se restringe exclusivamente al análisis de la legalidad del actuar de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) frente al reclamo presentado por Transbank.
En su dictamen, el Tribunal Supremo enfatizó que no le corresponde pronunciarse sobre los eventuales efectos que la decisión podría generar en el mercado de medios de pago o en la libre competencia, materias que son competencia de otras instancias.
El fallo también aclaró que la decisión no alcanza al mecanismo de cuotas comercio, sino que se circunscribe únicamente al servicio de adelantamiento de cuotas, es decir, a la posibilidad de que Transbank anticipe a los comercios los flujos futuros derivados de las ventas a crédito.