Pensiones

La Superintendencia de Pensiones flexibilizó algunos de los requisitos para crear una AFP

Quienes presenten nuevos proyectos de una administradora también podrán incorporar más escenarios a sus proyecciones: "pesimista", "central" y "optimista".

Por: Constanza Ramos Taky | Publicado: Viernes 20 de noviembre de 2020 a las 10:40 hrs.
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Chile ya lleva ocho meses en pandemia y desde entonces hemos tenido que adaptarnos a nuevas formas de trabajar, priorizando la realización de las actividades cotidianas de forma digital.

En este contexto, a principios de noviembre la Superintendencia de Pensiones (SP) puso en consulta una norma que flexibiliza el proceso de la documentación requerida para la formación de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). El proceso para enviar comentarios al respecto finalizó el martes pasado.

La normativa entrega facilidades y permite que quienes presenten proyectos de nuevas administradoras podrán hacerlo mediante un dispositivo digital o a través del envío de archivos electrónicos que contengan todos los antecedentes que requiere la norma actual.

Específicamente, se introducen modificaciones al Título I del Libro V del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones. Los cambios autorizan presentar por medios electrónicos la documentación requerida para la formación de una gestora.

"Con el fin de modernizar y hacer más segura la presentación de proyectos para la formación de una Administradora de Fondos de Pensiones, se modifican los Capítulos I, II y III, del Título I del Libro V del Compendio", precisa el regulador.

Actualmente, la norma establece que para formar una administradora, el o los interesados deberán presentar el proyecto por escrito en la Superintendencia de Pensiones, en cuatro ejemplares con los respectivos antecedentes.

Por otra parte, la nueva norma de caracter general también permite la ampliación de los escenarios para la entrega de proyecciones de variables fundamentales. Es decir, se podrán incorporar escenarios "pesimista", "central" y "optimista".

"Así como en el caso de la comisión por cotizaciones periódicas, las proyecciones para cada escenario deberán informarse como un rango de valores con una dispersión máxima de 10% entre el valor máximo y mínimo", sostiene la SP en el documento.

Una vez recibidos los comentarios del mercado, la entidad liderada por Osvaldo Macías publicará la norma definitiva para su entrada en vigencia.

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