Por Paula Gallardo
Desde el director hasta los operadores de mesa deberán rendir el examen que los acredita como intermediarios bursátiles, según lo contempla el borrador enviado por las bolsas de valores la semana pasada a todas las corredoras que funcionan actualmente en el mercado.
Esto, en cumplimiento de la instrucción impartida en noviembre pasado por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a fin de homogeneizar y profundizar los conocimientos de quienes ofrecen sus servicios en el mercado bursátil.
Las observaciones de las corredoras al reglamento deberán ser enviadas hasta el 20 de mayo, ya que el 31 de este mes el texto consolidado deberá estar en manos de la SVS para que el proceso de acreditación se inicie en el curso del año.
El test obligatorio -que rendirán ante un instituto o universidad acreditada y que será pagado por el postulante- examinará los conocimientos respecto del marco jurídico actual, legislación general del mercado de valores, normas generales de autorregulación, análisis económico-financiero, administración y control de riesgo financiero y matemática financiera.
Las mismas fuentes valoran que toda la información necesaria para que los postulantes rindan el examen deban ser provista por las corredoras y además que se exija conocimientos del marco jurídico vigente, ya que afirman que muchas veces se delega a abogados y asesores legales el manejo de este tipo de materias.
Cabe destacar que quienes deberán rendir este examen son todos los directores -salvo los que tengan más de 10 años en el cargo- todos los gerentes y jefes de área, operadores de mesa, comerciales y de venta, excluyendo a directivos de recursos humanos y soporte técnico.
Una PSU para la Bolsa
Un punto no menor -y frente al cual existen reparos entre las corredoras- tiene que ver con la reprobación del examen. El reglamento en consulta establece que si un director, gerente, jefe de área u operador falla en una primera instancia, tendrá que rendir nuevamente la prueba 30 días después.
Si vuelve a fallar, automáticamente queda suspendido de sus funciones durante seis meses, para recién quedar autorizado de rendir el examen por tercera vez. El texto de la norma dice explícitamente que “durante este período (de seis meses) el postulante no podrá ejercer las funciones para las cuales está solicitando acreditación y tampoco podrá ejercer funciones distintas que requieran acreditación”.
“Parece un poco duro dejar a alguien seis meses parado en la pega, diciendo soy gerente, pero no puedo ejercer”, comenta un alto ejecutivo de corredora, quien propone, en cambio, utilizar calificaciones como de acreditación pendiente en vez de impedirle operar.