Presupuesto 2011: TC declara admisible requerimiento por inconstitucionalidad
El organismo rechazó petición de diputados de rechazar por "extemporánea" petición de representantes de la Cámara Alta.
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El 10 de diciembre, en sesión extraordinaria, el Tribunal
Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento, presentado por
10 senadores, para que se declare la inconstitucionalidad de tres glosas
contenidas en el proyecto de ley de Presupuestos 2011.
Tras una
ardua discusión en el Congreso, los parlamentarios de la Concertación
lograron introducir en la Cámara de Diputados dos indicaciones -que
incluyen las glosas- a la iniciativa legal de presupuestos, las que,
posteriormente, fueron aprobadas por el Senado, pero con la advertencia
de los parlamentarios oficialistas que recurrirían al TC.
La
primera glosa corresponde a la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad
Ciudadana que realizaría el INE, incluida en el programa de Seguridad y
Participación Ciudadana del Ministerio del Interior.
La segunda
(05) es la referida a la extensión del postnatal. Los parlamentarios
dejaron establecido que "a más tardar el 31 de marzo de 2011, la
subsecretaría de Hacienda deberá informar a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos sobre las líneas de acción desarrolladas, el cronograma
de implementación y aspectos técnicos generales que están dentro del
marco de su competencia, relacionadas con el cumplimiento del compromiso
presidencial de extender el descanso de maternidad hasta seis meses
después del parto".
La tercera glosa (06) dice relación con la
eliminación del 7% de salud de los jubilados. Se estableció en el
proyecto de Presupuestos 2011 que también el 31 de marzo de 2011 la
subsecretaría de Hacienda deberá informar a la Comisión Especial Mixta
sobre "el cumplimiento del compromiso presidencial de eliminar el 7% de
cotización de salud para los pensionados del país".
Así, el
pasado 30 de noviembre el máximo representante de esta instancia
resolutiva, Marcelo Venegas, le informó -mediante el oficio Nº 5.156- al
presidente de la República, Sebastián Piñera, que había sido
presentado el requerimiento. Luego, el 1 de diciembre, se dio cuenta al
pleno del TC que había llegado este caso. Seis días después un grupo de
diputados pidieron que "el requerimiento presentado por los senadores
sea declarado inadmisible por extemporáneo".
Argumentaron que en
el requerimiento presentado por los senadores el 30 de noviembre se
acompaña de un certificado que indica que el oficio mediante el cual se
comunicó al presidente la aprobación del proyecto de ley de Presupuestos
"se envió y se recibió en el Ejecutivo el 29 de noviembre del presente
año".
"Los senadores parecen entender que el hecho jurídico del
despacho del proyecto se produjo con este oficio. Por lo cual entienden
que tendrían cinco días, a partir del 29 de noviembre, para presentar
su requerimiento".
Dicho plazo, agregaron, se vencería el 4 de
diciembre y "como ellos presentaron el requerimiento el 30 de noviembre
estarían dentro del plazo". Sin embargo, indicaron, "esa interpretación
no resulta correcta", porque la Cámara de Diputados despachó el proyecto
de ley de Presupuestos el 18 de noviembre, cuando aprobó las
indicaciones que venían del Senado y no fue despachado cuando se
comunicó al presidente Piñera el 29 de noviembre. "Por tanto, la fecha
de presentación del recurso por parte de los senadores resulta
extemporánea al ser presentada con fecha 30 de noviembre".
La votación
Analizados
estos argumentos, las máximas autoridades del TC se reúnen y deciden
aprobar -con dos votos en contra de los ministros Hernán Vodanovic y
Carlos Carmona- la admisibilidad del requerimiento de los senadores y,
con ello, el rechazo de la presentación de los diputados.
Los
argumentos esgrimidos en la discusión -y que fueron publicados el martes
recién pasado- para aceptar revisar la constitucionalidad o no de estas
glosas fueron básicamente dos. Uno, que los parlamentarios que
presentaron el recurso pertenecen a un "órgano legitimado, toda vez que
los diez senadores constituyen más de la cuarta parte de los miembros en
ejercicio de la respectiva Corporación". Dos, que el requerimiento fue
presentado dentro los plazos establecidos, pues "las cuestiones de
constitucionalidad pueden ser formuladas durante la tramitación de un
proyecto de ley, lo que implica que dicho plazo se inicia al dar cuenta
del respectivo proyecto en la Cámara de Origen y se extiende hasta la
promulgación del mismo".
Además, indicaron, el despacho del
proyecto "coincide con la fecha en que la respectiva Cámara del Congreso
Nacional le comunica al presidente de la República la aprobación del
proyecto de ley de qué se trata".
De este modo, el Tribunal
estima que "se ha verificado que el requerimiento se ha planteado por un
sujeto legitimado y que también se ha dado cumplimiento a la exigencia
de oportunidad en su interposición, lo que conducirá a que sea declarada
su admisibilidad".
Ahora tienen que pasar cinco días hábiles
para que las partes sean informadas entre ellas, el senador Jovino
Novoa, quien representa a sus nueve colegas; y el diputado Felipe
Harboe, designado como interlocutor de sus pares y al propio presidente
de la República.
Una vez cumplido estos trámites, fuentes del TC,
adelantaron que cerca del 23 de diciembre debería realizarse las
audiencias, las que se concentraran en una sola jornada. Posteriormente,
se acodará un plazo para entregar una sentencia final.