Presupuesto 2011: TC declara admisible requerimiento por inconstitucionalidad

El organismo rechazó petición de diputados de rechazar por "extemporánea" petición de representantes de la Cámara Alta.

Por: | Publicado: Jueves 16 de diciembre de 2010 a las 05:00 hrs.
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El 10 de diciembre, en sesión extraordinaria, el Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento, presentado por 10 senadores, para que se declare la inconstitucionalidad de tres glosas contenidas en el proyecto de ley de Presupuestos 2011.

Tras una ardua discusión en el Congreso, los parlamentarios de la Concertación lograron introducir en la Cámara de Diputados dos indicaciones -que incluyen las glosas- a la iniciativa legal de presupuestos, las que, posteriormente, fueron aprobadas por el Senado, pero con la advertencia de los parlamentarios oficialistas que recurrirían al TC.

La primera glosa corresponde a la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana que realizaría el INE, incluida en el programa de Seguridad y Participación Ciudadana del Ministerio del Interior.

La segunda (05) es la referida a la extensión del postnatal. Los parlamentarios dejaron establecido que "a más tardar el 31 de marzo de 2011, la subsecretaría de Hacienda deberá informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre las líneas de acción desarrolladas, el cronograma de implementación y aspectos técnicos generales que están dentro del marco de su competencia, relacionadas con el cumplimiento del compromiso presidencial de extender el descanso de maternidad hasta seis meses después del parto".

La tercera glosa (06) dice relación con la eliminación del 7% de salud de los jubilados. Se estableció en el proyecto de Presupuestos 2011 que también el 31 de marzo de 2011 la subsecretaría de Hacienda deberá informar a la Comisión Especial Mixta sobre "el cumplimiento del compromiso presidencial de eliminar el 7% de cotización de salud para los pensionados del país".

Así, el pasado 30 de noviembre el máximo representante de esta instancia resolutiva, Marcelo Venegas, le informó -mediante el oficio Nº 5.156- al presidente de la República, Sebastián Piñera, que había sido presentado el requerimiento. Luego, el 1 de diciembre, se dio cuenta al pleno del TC que había llegado este caso. Seis días después un grupo de diputados pidieron que "el requerimiento presentado por los senadores sea declarado inadmisible por extemporáneo".

Argumentaron que en el requerimiento presentado por los senadores el 30 de noviembre se acompaña de un certificado que indica que el oficio mediante el cual se comunicó al presidente la aprobación del proyecto de ley de Presupuestos "se envió y se recibió en el Ejecutivo el 29 de noviembre del presente año".

"Los senadores parecen entender que el hecho jurídico del despacho del proyecto se produjo con este oficio. Por lo cual entienden que tendrían cinco días, a partir del 29 de noviembre, para presentar su requerimiento".

Dicho plazo, agregaron, se vencería el 4 de diciembre y "como ellos presentaron el requerimiento el 30 de noviembre estarían dentro del plazo". Sin embargo, indicaron, "esa interpretación no resulta correcta", porque la Cámara de Diputados despachó el proyecto de ley de Presupuestos el 18 de noviembre, cuando aprobó las indicaciones que venían del Senado y no fue despachado cuando se comunicó al presidente Piñera el 29 de noviembre. "Por tanto, la fecha de presentación del recurso por parte de los senadores resulta extemporánea al ser presentada con fecha 30 de noviembre".



La votación

Analizados estos argumentos, las máximas autoridades del TC se reúnen y deciden aprobar -con dos votos en contra de los ministros Hernán Vodanovic y Carlos Carmona- la admisibilidad del requerimiento de los senadores y, con ello, el rechazo de la presentación de los diputados.

Los argumentos esgrimidos en la discusión -y que fueron publicados el martes recién pasado- para aceptar revisar la constitucionalidad o no de estas glosas fueron básicamente dos. Uno, que los parlamentarios que presentaron el recurso pertenecen a un "órgano legitimado, toda vez que los diez senadores constituyen más de la cuarta parte de los miembros en ejercicio de la respectiva Corporación". Dos, que el requerimiento fue presentado dentro los plazos establecidos, pues "las cuestiones de constitucionalidad pueden ser formuladas durante la tramitación de un proyecto de ley, lo que implica que dicho plazo se inicia al dar cuenta del respectivo proyecto en la Cámara de Origen y se extiende hasta la promulgación del mismo".

Además, indicaron, el despacho del proyecto "coincide con la fecha en que la respectiva Cámara del Congreso Nacional le comunica al presidente de la República la aprobación del proyecto de ley de qué se trata".

De este modo, el Tribunal estima que "se ha verificado que el requerimiento se ha planteado por un sujeto legitimado y que también se ha dado cumplimiento a la exigencia de oportunidad en su interposición, lo que conducirá a que sea declarada su admisibilidad".

Ahora tienen que pasar cinco días hábiles para que las partes sean informadas entre ellas, el senador Jovino Novoa, quien representa a sus nueve colegas; y el diputado Felipe Harboe, designado como interlocutor de sus pares y al propio presidente de la República.

Una vez cumplido estos trámites, fuentes del TC, adelantaron que cerca del 23 de diciembre debería realizarse las audiencias, las que se concentraran en una sola jornada. Posteriormente, se acodará un plazo para entregar una sentencia final.

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