Actualidad

Advierten riesgo de infringir convenios de doble tributación por renta atribuida

Ayer se completó la primera fase de audiencias de expertos sobre el proyecto impositivo en la Cámara Alta.

Por: Diario Financiero | Publicado: Jueves 12 de junio de 2014 a las 05:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Su tercera sesión de audiencias referidas al proyecto de reforma tributaria que impulsa el gobierno completó ayer la comisión de Hacienda del Senado. Y parte del encuentro estuvo protagonizado por expertos en la materia, entre ellos los representantes del Instituto de Derecho Tributario, que pusieron una luz amarrilla sobre las implicancias del proyecto en la relación del país con el medio internacional.

Loreto Pelegrí, del Comité Internacional del citado organismo, advirtió que cuando el sistema de renta atribuida entre en régimen, “Chile podría infringir los convenios de doble tributación vigentes”.

De acuerdo a la profesional, se podrían generar otros problemas de doble imposición para inversionistas extranjeros. Esto último, cuando el país de la residencia de dicho inversionista no sea un país con el cual el nuestro mantenga vigente un convenio de doble imposición.

En un contexto en que Chile mantiene vigente 25 convenios para evitar la doble imposición que siguen el modelo de la OCDE, señaló que en primer término se presenta un serio riesgo de que los impuestos pagados en el país (base atribuida) no sean reconocidos como crédito para pagar todo o parte de los impuestos correspondientes a dicha renta en la nación de residencia.

Lo anterior, se desprendió de su ponencia, ya sea porque la renta aún no ha sido distribuida al inversionista extranjero o, bien, porque el impuesto pagado por concepto de dividendo corresponde a una renta que le ha sido atribuida en un ejercicio distinto al del pago efectivo del dividendo.

Un segundo foco problemático que se podría presentar es si el accionista extranjero en el año de la atribución de la renta es distinto respecto de quien detente dicha condición en la época del pago efectivo de dividendo proveniente de la utilidad atribuida, esto es, cuando haya habido una venta o enajenación de la inversión que el accionista mantenía en Chile. 
Y considerando también el 10% de retención que deberán efectuar todas las sociedades anónimas abiertas y todas las sociedades que tengan al menos entre sus accionistas o socios a un accionista extranjero o a una persona jurídica, según Pelegrí Chile podría infringir los convenios para evitar la doble tributación que se encuentran vigentes, ya que el artículo 10 de los tratados, establece que no se pueden gravar los dividendos que no se hayan distribuido o pagado, por lo que dicha retención no podría ser efectuada por la respectiva sociedad sin contravenir los convenios de doble tributación.

El punto, señaló, es que Chile es parte de la OCDE y está obligado a seguir el modelo y comentarios del comité fiscal del organismo.

Nuevas audiencias


La próxima semana se retomarán las audiencias de los interesados en presentar sus comentarios al proyecto impositivo. Para la sesión del lunes, en particular, se espera la asistencia de los representantes de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC).

Precisamente, entre las preocupaciones del gremio empresarial está el concepto de renta atribuida, sobre el cual han planteado que hay serias dudas de constitucionalidad en el total de la renta atribuida, no sólo en el 10% de retención. A esto se une la preocupación por asegurar mecanismos de fomento al ahorro y la inversión.

Lo más leído