Más de seis años de trámite en el Congreso de Estados Unidos lleva el tratado para evitar la doble tributación entre Chile y ese país, texto que fue aprobado el año pasado por ambas cámaras en nuestro país pero que ha enfrentado una serie de vallas en su aprobación en el Capitolio en Washington.
A fines del año pasado, se encendió una luz de esperanza al aprobarse el texto en la comisión de Relaciones Exteriores del Senado norteamericano, una señal que tranquilizó al Ministerio de Hacienda chileno y la Cámara de Comercio Chileno-Norteamericana (AmCham), que desplegaron intensas gestiones para asegurar la aprobación del texto.
¿La razón de la premura? Desde 2017 los contribuyentes que residan en un país con tratado de doble tributación vigente podrán utilizar el 100% del crédito en Primera Categoría contra el impuesto adicional en el sistema de integración parcial, accediendo a una tasa máxima de hasta 35%, versus el 44,45% para los chilenos.
Hace tres semanas, la Sala del Senado estadounidense puso en tabla el proyecto. ¿El resultado? A la fecha aún no es objeto de discusión de parte de la Cámara Alta norteamericana. Según fuentes de Teatinos 120, el proyecto estaría “estancado” en su trámite debido a la “complejidad” del debate legislativo en el marco de las elecciones presidenciales que se realizarán en noviembre en el país del norte.
Esto motivó a la US Chamber of Commerce (símil de la CPC chilena) a realizar intensas gestiones a nivel parlamentario para destrabar el texto. “Las empresas asociadas están exponiéndole los beneficios de eliminar la doble tributación a los senadores. Este proyecto no puede entramparse más”, señala una fuente cercana.
En Hacienda matizan señalando que hay una razón de “peso” para quitar urgencia al despacho de la ley: la simplificación a la reforma tributaria amplió el trato diferenciado para contribuyentes residentes en países con tratado de doble tributación.
Así, el beneficio se amplió a los contribuyentes cuyos países hayan suscrito un convenio para evitar la doble imposición, incluso si no está aún vigente.
Con este cambio, los contribuyentes norteamericanos podrán acceder a este beneficio, al igual que los de Argentina, China, Austria, Sudáfrica e Italia, todos países cuyos tratados aún deben ser ratificados por los respectivos congresos nacionales. El régimen es transitorio y vence el 31 de diciembre de 2019.
Nuevas negociaciones
A la par de las intensas gestiones para destrabar el trámite legislativo en Washington, en Hacienda se encuentran redefiniendo la agenda en materia impositiva.
De esta manera, se fijaron como “prioritarias” dos negociaciones en materia de eliminar la doble imposición: con Alemania e India. Fuentes del ministerio señalan que en los últimos meses ha habido “acercamientos” con las contrapartes técnicas y que “en los próximos meses” se realizarán rondas de negociaciones con ambas autoridades tributarias. La idea es que ambos acuerdos se firmen durante este año.
“Tanto Alemania como India son prioritarios por su tamaño de mercado y por su sesgo hacia las exportaciones de servicios”, señalan en Teatinos 120.
Mañana, en Valparaíso la Cámara vota en Sala la ratificación de cuatro tratados suscritos en la materia: Sudáfrica, China, Emiratos Árabes Unidos y Argentina.
lógica de la doble tributación
Reforma tributaria original: tratado vigente accede a beneficio
El proyecto aprobado en 2014 establecía que los contribuyentes residentes en países que tengan vigente un acuerdo para eliminar la doble tributación con Chile, podrán acceder a un trato diferenciado en materia impositiva.
Así, podrán utilizar como crédito hasta el 100% del Impuesto de Primera Categoría contra el impuesto adicional pagado en el régimen de integración parcial. De esta manera, la tasa máxima a nivel personal para este tipo de contribuyentes llegaría a 35%, mientras que para los chilenos y residentes en un país sin convenio el Global Complementario será de hasta 44,45%. Norma entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2017.
Simplificación a la reforma: tratado suscrito accede a beneficio
El texto aprobado en enero de este año flexibiliza el acceso de los contribuyentes domiciliados en países con tratado para acceder a una menor tasa impositiva.
Si la reforma original establecía como requisito que el convenio estuviese vigente, la simplificación solicita sólo que el acuerdo esté suscrito. Esto daría la posibilidad a contribuyentes de EEUU de acceder a una menor tasa. Norma estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019.