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Publicado: Miércoles 2 de abril de 2014 a las 18:22 hrs.
Uno de los puntos relevantes de la reforma tributaria es el disminuir la evasión y la elusión, de hecho, bajo este concepto se esperan obtener no menos de
US$ 1.450 millones para las arcas fiscales. Es por esto que en los detalles de la reforma tributaria, Arenas destacó que "se implementarán tanto cambios administrativos como legales".
Dentro de estas principales innovaciones destacan la incorporación en el Código Tributario de una Norma General Anti-elusión, que permitirá al SII rechazar las ventajas tributarias obtenidas mediante planificaciones elusivas y sancionar a los contribuyentes y asesores tributarios que hayan participado en su diseño.
En ese sentido, se crea el nuevo artículo 4 ter que señala que "las leyes tributarias no podrán ser eludidas mediante el abuso de las posibilidades de configuración jurídica. En caso de abuso nacerá la obligación tributaria correspondiente a la configuración jurídica adecuada a los hechos económicos".
Y es más, en otro de los artículos recalca que "el asesor, abogado, contador, auditor, sociedad o empresa, que participe en el diseño, planificación o implementación de los actos, contratos o negocios, constitutivos de abuso o simulación, según lo dispuesto en los artículos 4 ter y 4 quater de este Código, será sancionado con multa de hasta el 100% de todos los impuestos que deberían haberse enterado en arcas fiscales, de no mediar dichas conductas indebidas, y que se determinen al contribuyente", señala el proyecto.
De igual manera, se incorpora al Código Tributario de facultades para permitir al SII acceder a la información de compras pagadas por medios electrónicos (tarjetas de crédito y débito), y utilizar métodos estadísticos para determinar diferencias tributarias.
En esa línea, también fortalece la capacidad fiscalizadora de las instituciones de la administración tributaria, con más tecnología, más profesionales (500 nuevos funcionarios) y mayores facultades.
Por último, se limita el régimen de renta presunta a microempresas. Para estas, es decir las que tienen ventas menores a 2.400 UF "se crea un nuevo sistema de tributación donde dichos contribuyentes podrán optar entre el mínimo pago derivado de tributar conforme al régimen de renta presunta actualmente establecida en la ley o el sistema simplificado del artículo 14 ter, lo que contribuirá a su formalización".
Otra que destaca es que se derogará el crédito por impuesto territorial pagado por empresas inmobiliarias.
Desde su mirada única sobre el arte contemporáneo hasta su incansable búsqueda de la excelencia, Patricia comparte su historia, su visión sobre el rol del arte en la sociedad y cómo ha construido un espacio fundamental para la escena artística chilena.