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CGE Distribución: “No compartimos la interpretación que hace la SEC”

Firma está confiada en sus argumentos en la pugna que sostienen con un desarrollador inmobiliario de Concepción.

Por: | Publicado: Jueves 8 de marzo de 2012 a las 05:00 hrs.
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Por Miguel Bermeo T.




En una cuestión de principios se ha convertido la lucha de CGE Distribución (CGED) con el fondo de inversión El Venado, que levanta en Concepción un loteo inmobiliario.

Los desarrolladores demandaron ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la firma eléctrica, pues ésta, dice El Venado, no quiere pagar el precio que corresponde por las obras eléctricas de la IV etapa. También, pusieron un recurso ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) denunciándolos por abuso de posición dominante.

“Lo que estamos viendo es que no ha habido un acuerdo en la valorización de determinadas obras”, asegura Cristian Saphores, gerente general de CGED.



¿Por qué entonces recepcionaron las obras, como ellos alegan en los documentos judiciales, si no estaban de acuerdo en el precio?


Estas obras nunca han sido recepcionadas. Sí manifestamos la incompatibilidad con la normativa nuestra. Es más un informe de la Contraloría señala que hubo irregularidades y no se ajustan a derecho.



¿Por qué ellos dicen que sí recepcionaron?


No sé lo que están haciendo. Probablemente para defender sus intereses...

Pero aquí lo que hay es un desacuerdo en el precio.



¿En cuánto valorizaron las obras cuando hicieron el presupuesto?


En $ 213 millones.



¿No es lo que piden ellos ahora? ¿Por qué la distribuidora pide pagar menos?


La licitación, donde participaron otros es un proceso. No tiene nada que ver con el proceso posterior, donde debía haber un acuerdo. Además, se ha involucrado en esto el aporte financiero reembolsable (AFR), de lo que nosotros tenemos una visión distinta. El AFR está establecido en la ley que tenía una lógica en su origen, en los años ‘80, que establece un mecanismo para poder conectar a un usuario final a las redes y, por lo tanto, si la distribuidora no contaba con los recursos para hacer esa conexión podía requerirle al usuario los recursos, previamente habiendo acordado el precio.

Pero es una facultad de la distribuidora, y debe haber un acuerdo previo. Además, es para conectar, no para una instalación. En este caso no es una conexión del usuario final. Ellos no son un usuario final, se trata de un desarrollador inmobiliario.



Pero ellos dicen que la ley obliga al distribuidor a comprar las obras en el precio al que ofertó, aún cuando un tercero lo haya hecho más barato...


No, no. Eso no está en la ley. Lo que establece es que el precio debe establecerse de común acuerdo. La actividad de construcción de redes no está regulada o establecida en la ley.



¿Por qué creen que la SEC ha favorecido a El Venado?


Nosotros no compartimos la interpretación que hace la SEC de los AFR. Por que es algo entre privados, y eso lo establece la Fiscalía Nacional Económica en su informe. En segundo lugar, en este caso, la interpretación que hace la SEC es un beneficio establecido en la ley a favor de la distribuidora. No es un mecanismo de urbanizaciones eléctricas.



¿La SEC está mal interpretando la ley?


Tenemos nuestra interpretación e insisto es un asunto entre privados.



Si el TDLC le da el favor a El Venado ¿irán a la Suprema?


No podemos especular. Estamos bastante confiados en nuestra argumentación. Tenemos la obligación de defender los intereses de la compañía y debemos seguir las instancias legales.

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