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Fiscalía Nacional Económica prepara Guía sobre Restricciones Verticales
El documento se suma a otras directrices que ha fijado la entidad respecto a gremios y operaciones de concentración.
Por: | Publicado: Martes 11 de octubre de 2011 a las 05:00 hrs.
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Por J.C.Prado
El viernes 28 de octubre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizará el tradicional seminario “Día de la Competencia”. En esa oportunidad, lanzarán la nueva Guía de Restricciones Verticales, documento que se sumará a los materiales de apoyo con los que ya cuenta la institución.
Según explica un experto de la plaza, este tipo de prácticas corresponden a conductas entre un proveedor y un distribuidor que impiden, por ejemplo, que otros proveedores puedan relacionarse con ese distribuidor en igualdad de condiciones respecto del primer proveedor mencionado.
También lo son en sentido contrario. Es decir, aquellas prácticas que impiden que varios distribuidores puedan relacionarse con un proveedor en particular y competir en el mercado de igual a igual.
En el mundo, la Unión Europea cuenta con un documento que fija los lineamientos respecto a este tipo de prácticas. El llamado “Directrices relativas a las restricciones verticales” señala que las consecuencias negativas para el mercado que se pretenden evitar son la exclusión contraria a la competencia de otros proveedores o compradores; la relajación de la competencia y facilitación de la colusión entre el proveedor y sus competidores; la relajación de la competencia entre el proveedor y sus competidores y facilitación de la colusión; y la creación de obstáculos a la integración de mercados.
Los tipos más comunes según la UE son: marca única (obligaciones de no competir), distribución exclusiva, asignación de cliente exclusivo, distribución selectiva, franquicia, suministro exclusivo, pagos de acceso inicial, entre otros. El documento de la UE también señala que este tipo de restricciones pueden tener efectos positivos.
El viernes 28 de octubre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizará el tradicional seminario “Día de la Competencia”. En esa oportunidad, lanzarán la nueva Guía de Restricciones Verticales, documento que se sumará a los materiales de apoyo con los que ya cuenta la institución.
Según explica un experto de la plaza, este tipo de prácticas corresponden a conductas entre un proveedor y un distribuidor que impiden, por ejemplo, que otros proveedores puedan relacionarse con ese distribuidor en igualdad de condiciones respecto del primer proveedor mencionado.
También lo son en sentido contrario. Es decir, aquellas prácticas que impiden que varios distribuidores puedan relacionarse con un proveedor en particular y competir en el mercado de igual a igual.
En el mundo, la Unión Europea cuenta con un documento que fija los lineamientos respecto a este tipo de prácticas. El llamado “Directrices relativas a las restricciones verticales” señala que las consecuencias negativas para el mercado que se pretenden evitar son la exclusión contraria a la competencia de otros proveedores o compradores; la relajación de la competencia y facilitación de la colusión entre el proveedor y sus competidores; la relajación de la competencia entre el proveedor y sus competidores y facilitación de la colusión; y la creación de obstáculos a la integración de mercados.
Los tipos más comunes según la UE son: marca única (obligaciones de no competir), distribución exclusiva, asignación de cliente exclusivo, distribución selectiva, franquicia, suministro exclusivo, pagos de acceso inicial, entre otros. El documento de la UE también señala que este tipo de restricciones pueden tener efectos positivos.