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REGÍSTRATE AQUÍLas medidas precautorias buscan asegurar la existencia de bienes en caso de que se ordene a empresas compensar a afectados.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Miércoles 12 de marzo de 2014 a las 12:54 hrs.
La Justicia acogió una serie de medidas precautorias solicitadas por el Sernac en contra de las cadenas de farmacias en el marco de la demanda colectiva por la colusión de los precios de los medicamentos, lo que implica que las empresas no podrán enajenar determinados inmuebles.
Además, la Justicia aceptó la petición del Sernac y que impide que las cadenas farmacéuticas transfieran los derechos que tienen sobre determinadas marcas comerciales.
Estas medidas acogidas por la Justicia son muy relevantes, pues permiten asegurar, que en el caso de dictarse una sentencia que ordene compensar, reparar y/o indemnizar a los consumidores afectados por la colusión, existan bienes suficientes sobre los cuales perseguir dicho cumplimiento forzado en el caso que las empresas no cumplan voluntariamente con la decisión del tribunal.
Hay que recordar que el Sernac interpuso demandó colectivamente a las cadenas de farmacias Salcobrand, Cruz Verde y Farmacias Ahumada en febrero del 2013, acción legal que busca que los consumidores afectados por la colusión de un listado de 206 medicamentos ocurrido entre diciembre del 2007 y marzo del 2008, sean compensados por los daños sufridos.
En diciembre del año 2013 la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible la demanda colectiva, lo que significó un hito judicial, pues fue la primera vez que en nuestro país se declara admisible una acción colectiva para resarcir daños causados por una conducta anticompetitiva.
Con la aceptación de estas medidas precautorias solicitadas por el Sernac se da un paso más en la tarea de lograr una compensación efectiva para los consumidores afectados.
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